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2007
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Estado. Régimen electoral. Candidatura a gobernador. Oficialización. Impugnación. Recurso extraordinario. Rechazo 20-X-2007
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, Contrato de trabajo. Extinción. Justa causa. Indemnización por antigüedad o despido. Cálculo. Emergencia económica. Duplicación indemnizatoria. Alcances. Exclusión de cálculo de la multa del art. 80 Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Doctrina plenaria. Que para el cálculo del recargo dispuesto por el art. 16 de la Ley 25561 no corresponde incluir la sanción establecida por el art. 80 Ley de Contrato de Trabajo (LCT). último párrafo (texto según art. 45 de la Ley 25345) 09-X-2007
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, Hipoteca. Créditos garantizables. Obligaciones en moneda extranjera. Sistema de refinanciación hipotecaria. Eligibilidad del mutuo. Impugnación. Recurso extraordinario. La Corte Suprema, desestimó la queja interpuesta por denegación del recurso extraordinario dirigido contra la sentencia de la Cámara Civil que desestimó el planteo del ejecutado mediante el cual había impugnado la calificación efectuada por el Banco de la Nación Argentina como “mutuo no elegible” y había solicitado la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria creado por la Ley 25798 (publicada en el B.O. el) al caso de autos 08-X-2007
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, Hipoteca. Créditos garantizables. Obligaciones en moneda extranjera. Sistema de refinanciación hipotecaria. Eligibilidad del mutuo. Impugnación. Recurso extraordinario. La Corte Suprema, desestimó la queja interpuesta por denegación del recurso extraordinario dirigido contra la sentencia de la Cámara Civil que desestimó el planteo del ejecutado mediante el cual había impugnado la calificación efectuada por el Banco de la Nación Argentina como “mutuo no elegible” y había solicitado la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria creado por la Ley 25798 (publicada en el B.O. el) al caso de autos 08-X-2007
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Suprema Corte de Justicia de la Nación, Seguro. Seguro de responsabilidad civil. Alcance de la garantía. Vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros. Franquicia. Inoponibilidad al damnificado. Dispuso, por mayoría, que en los contratos de seguro de responsabilidad civil de vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros, la franquicia como límite de cobertura (conf. Resolución 25429, SSN), es inoponible a la víctima de un accidente de tránsito, transportado o no (sin perjuicio de la posibilidad de la aseguradora de repetir contra su propio asegurado) 04-X-2007
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Suprema Corte de Justicia de la Nación, Seguro. Seguro de responsabilidad civil. Alcance de la garantía. Vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros. Franquicia. Inoponibilidad al damnificado. Dispuso, por mayoría, que en los contratos de seguro de responsabilidad civil de vehículos automotores destinados al transporte público de pasajeros, la franquicia como límite de cobertura (conf. Resolución 25429, SSN), es inoponible a la víctima de un accidente de tránsito, transportado o no (sin perjuicio de la posibilidad de la aseguradora de repetir contra su propio asegurado) 04-X-2007
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, Daños y perjuicios. Responsabilidad por accidentes de tránsito. Por el riesgo o vicio del vehículo. Riesgo. Colisión de automotores. Supermercado. Playa de estacionamiento. Culpa de la víctima. En tanto la colisión entre los rodados se dio en un cruce de caminos internos de la playa de estacionamiento de un supermercado, espacio donde cada vehículo debe circular a mínima velocidad en orden a resguardar la integridad de quienes transitan (incluso caminando) por el lugar, corresponde distribuir la responsabilidad por el accidente, ya que aparte de que ninguno de los intervinientes ha conservado el pleno dominio de su rodado, se ha acreditado la culpa de la propia víctima al haber contribuido concausalmente a la producción del siniestro 25-IX-2007
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Suprema Corte de Justicia de la Nación, Contrato de trabajo. Remuneración. Pago. Cheque bancario. Estableció que si fue la empleadora quien eligió efectuar el pago mediante el depósito de un cheque bancario, debe hacerse cargo del gravamen que deriva de su utilización 03-IX-2007
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Suprema Corte de Justicia de la Nación, Contrato de trabajo. Remuneración. Pago. Cheque bancario. Estableció que si fue la empleadora quien eligió efectuar el pago mediante el depósito de un cheque bancario, debe hacerse cargo del gravamen que deriva de su utilización 03-IX-2007
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, Deluca Daniela Vanesa c/ Produ Media S.A. La accionante se queja porque se rechazó condenar en forma solidaria a la codemandada Alto Palermo S.A., pedido fundado en las previsiones del artículo 30 de la Ley 20744, De Contrato de Trabajo. También funda el recurso de apelación interpuesto a fs. 441/vta., que se tuvo presente en los términos del artículo 110 de la L.O., contra la resolución que dispuso el pase de la causa para alegar. Finalmente, cuestiona los honorarios regulados a la representación letrada de la demandada y al perito contador por considerarlos elevados 31-VIII-2007
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, Contratos bancarios y de crédito. Mutuo. Precio. Recálculo de la deuda. Indexación. Límite. Valor venal de la vivienda financiada por el Banco Hipotecario Nacional. Resolvió revocar la reformulación del mutuo original, por cuanto se incrementó su capital a pesar de que se habían prohibido todos los regímenes de actualización monetaria y dispuso que ésta deberá efectuarse por un perito contador designado de oficio a esos fines 14-VIII-2007
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Corte Suprema de Justicia de la Nación, Contratos bancarios y de crédito. Mutuo. Precio. Recálculo de la deuda. Indexación. Límite. Valor venal de la vivienda financiada por el Banco Hipotecario Nacional. Resolvió revocar la reformulación del mutuo original, por cuanto se incrementó su capital a pesar de que se habían prohibido todos los regímenes de actualización monetaria y dispuso que ésta deberá efectuarse por un perito contador designado de oficio a esos fines 14-VIII-2007
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