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17 de octubre de 2005



Cadena de Trámites para Exportación de Productos Agrícolas, Pecuarios y Pesqueros.


Iniciación de Actividades o Ampliación de Giro a Exportador

Previo a realizar el proceso de exportación, el potencial Exportador Nacional debe poseer facturas comerciales de exportador, que son diferentes a las facturas nacionales que posee cualquier empresa.

¿En qué consiste?

Previo a realizar el proceso de exportación, el potencial Exportador Nacional debe poseer facturas comerciales de exportador, que son diferentes a las facturas nacionales que posee cualquier empresa. Para proceder al timbraje de estos documentos, el empresario debe especificar en su iniciación de actividades, en la descripción del giro (independiente del rubro), que su intención es exportar. (Formulario 4115 del SII) SI el empresario tiene un giro económico determinado antes de decidirse a exportar, debe solicitar un ampliación del giro, donde agregará esta característica a su rubro. Posteriormente, el Exportador Nacional debe declarar mensualmente su IVA o solicitar su reintegro en caso de que los productos que comercialice sean considerados exportaciones no tradicionales. Las Facturas de Exportación son diferentes a las nacionales en sus requerimientos legales de diseño. En este sentido, las únicas especificaciones técnicas que deben cumplir son: contener los datos del exportador emisor de la factura (nombre, dirección, R.U.T., etc.) y tener número correlativo. Al tratarse de documentos que se transan en el extranjero, pueden estar escritas en español e inglés y los valores se expresan en dólares. Cada exportador creará los campos que necesite de acuerdo al tipo de producto o negociaciones que va a realizar.Documentos requeridosIniciación de Actividades Ampliación de Giro o Formulario 3239 del SIICostoGratisTiempo de realización1 hora (incluye timbraje de facturas)Producto

  • Copia de Ampliación de Giro
  • Iniciación de Actividades Facturas Timbradas

ObservacionesCon este trámite se evita la evasión de impuestos por concepto de exportaciones y se accede a los programas de fomento a las exportaciones.Instituciones RelacionadasTesorería General de la República.Tipo de UsuarioPersona NaturalVigencia del trámiteMientras no se realice una nueva modificación a la Actividad Comercial.Paso a Paso

  1. Tomar la decisión de exportar Dirigirse a la oficina del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a la jurisdicción de su empresa. Solicitar los formularios según el trámite que va a realizar: 3.a.- Si no ha hecho su Iniciación de Actividades (Ver Creación de Empresas), debe proceder a efectuarla, y en la descripción de giro, debe especificar el o los rubros que destinará a exportación. 3.b.- Si ya tiene su empresa establecida y desea comenzar a exportar, debe realizar la Ampliación de Giro, especificando en la descripción del giro, la intención de exportar. Entregar los formularios en el mesón correspondiente. Aprobada la Iniciación de Actividades o Ampliación de Giro, se entrega el o los talonarios de facturas para timbrar.
  2. Se reciben las facturas timbradas y la copia de la iniciación de actividades.

Contactos con Compradores Extranjeros/Acuerdo de Compra

En esta etapa, es clave para el desarrollo de la actividad exportadora obtener una buena documentación previa sobre los alcances del proceso exportador.

¿En qué consiste?

En esta etapa, es clave para el desarrollo de la actividad exportadora obtener una buena documentación previa sobre los alcances del proceso exportador. Para documentarse, el Exportador Nacional puede dirigirse a diferentes organismos destinados a orientar a quienes se integran al mundo del comercio exterior y que le entregarán información sobre los mercados, los productos, programas de fomento y colaboración para PYMES, incentivo a las exportaciones, etc., como Bancos Comerciales, Agencias de Aduanas, etc. De este modo, el interesado podrá planificar su exportación de la mejor forma de acuerdo a todos los datos obtenidos, lo que le ahorrará tiempo y preocupaciones, así como desinformaciones que puedan entregarle funcionarios que no estén al tanto de las modificaciones a las normativas que dirigen este proceso, así como también conocerá la documentación exigida, como el Certificado de Origen, Certificado Fitosanitario y Certificación Sanitaria, en el caso de las exportaciones Agropecuarias Una vez obtenidos estos datos y las asesorías pertinentes, se realizan los contactos directos con los importadores extranjeros, por diferentes vías de comunicación. Los potenciales compradores extranjeros solicitarán información sobre los términos en los cuales se podría realizar la compra y el Envío de Muestras de los productos ofrecidos por el Exportador Nacional, quien los despachará acompañados de una cotización o Factura Pro forma, donde se establecen los precios, plazos, cláusulas de compraventa (INCOTERMS), formas de pago, etc. Si el Importador Extranjero acepta los términos de la Factura Pro forma, la devolverá firmada al Exportador Nacional, quien confeccionará un acuerdo de compraventa, lo firmará y lo hará llegar al importador Extranjero para su firma. En este momento se da por iniciado el proceso real de la exportación, que implica la movilización de las mercancías.Documentos requeridosDepende de lo que solicite el Importador Extranjero.CostoEl acceso a la documentación es en la gran mayoría de los casos gratuita. El valor del envío de documentos y muestras dependerá de las características que tengan y de los medios que se usen para transportarse.Tiempo de realizaciónEs relativo pues depende de la celeridad con que realice sus contactos.ProductoFactura Por Forma FirmadaObservacionesEs importante tener un conocimiento acabado sobre los mercados y economías de los potenciales clientes, por lo tanto es aconsejable buscar asesorías profesionales y asegurarse una buena gestión para obtener resultados positivos.Instituciones Relacionadas§ Servicio Nacional de Aduanas § Ministerio de Economía § Bancos Comerciales § Agentes de Aduana § Instituciones Fomento de la Exportación § Instituciones PYMES § ProchileTipo de UsuarioPersona NaturalVigencia del trámiteLa Factura Pro Forma tendrá la vigencia que establezca el Exportador Nacional (30 días, 60 días, etc.)Paso a Paso

  1. El interesado en convertirse en Exportador buscará información de los mercados hacia donde le gustaría o puede llegar con su mercancía. Se hará asesorar por Instituciones que cuenten con profesionales. De acuerdo a la especialización de estos organismos, será el nivel de información y asesoría que recibirá. Obtenidos estos datos, el Exportador Nacional establece contacto con el o los Importadores Extranjeros y procederá al envío de la documentación y muestras exigidas. El Exportador recaba información de las exigencias sanitarias del país y certifica en el SAG las muestras a enviar. 4. Si las muestras tienen un valor superior a US $1.000 Siguen el mismo trámite de toda exportación, debiéndose contar con los servicios de un Agente de Aduanas, omitiéndose solamente la Información de Destino de Divisas al Banco Central. Si las muestras tienen un valor inferior a US $1.000 pueden ser enviadas sin la necesidad de contratar un agente de aduanas; se entregan directamente en la Zona Primaria y se presenta una Orden de Embarque de Aprobación Simultánea Junto a las Muestras, el exportador envía la factura Proforma con las cláusulas de la transacción, así como las certificaciones sanitarias correspondientes al país de destino y otras exigencias solicitadas por el comprador extranjero, por ejemplo certificado de calidad, Certificado de Origen, Certificado Fitosanitario, Certificación Sanitaria.
  2. Si el importador acepta tanto la mercadería como las cláusulas de la exportación (INCOTERM), envía la factura Proforma firmada al exportador.

Certificación Sanitaria de Productos Pesqueros de Exportación

Trámite que realizan las empresas exportadoras, mediante el cual Sernapesca entrega los certificados sanitarios que acreditan la calidad del producto a exportar


¿En qué consiste?Trámite que realizan las empresas exportadoras, mediante el cual Sernapesca entrega los certificados sanitarios que acreditan la calidad del producto a exportar.¿Cómo se hace?

  • Ingrese su clave, su usuario y accione el botón "Aceptar". Se desplegará el menú Rol Exportador. Pinche sobre la pestaña "Notificación de Embarque". Ingrese toda la información solicitada respecto a su embarque dependiendo del producto a exportar y mercado de destino (puede ganar tiempo ingresando con anterioridad productos en la pestaña Producto PAC en forma independiente, la que luego puede rescatar y adicionar a su Neppex, accionando el botón "Asignar"). Avance por el formulario accionando el botón "Confirmar" y/o "Continuar", según corresponda. Cada vez que deba ingresar más de una opción (productos a exportar, certificados a solicitar, etc.), accione el botón "Agregar" por cada uno. Una vez ingresada toda la información requerida, se obtiene un mensaje (Aviso Neppex) con el resumen de lo ingresado y un aviso de la oficina de Sernapesca donde se deben presentar los documentos anexos definidos durante el proceso. Para finalizar debe accionar el botón "Aceptar". Para continuar el proceso, debe ingresar a la opción "Pre-Consolidación" del menú Rol Exportador y seleccionar el nº Neppex deseado. Pinche en "Continuar". Una vez ingresada la información de la página completa, accione el botón "Aceptar" para grabar los datos y pasar a la Pre-Certificación. Una vez su embarque esté listo para la certificación, ingrese a la opción "Pre-Certificación" del menú Rol Exportador. Seleccione el nº de Neppex deseado y presione "Continuar". Ingrese la información solicitada, avanzando con el botón "Aceptar". Al finalizar se desplegará un resumen con el costo de los certificados solicitados. Presione "Pagar" para cancelar en línea los documentos solicitados.
  • Queda habilitado, entonces, para retirar cuando usted lo desee el certificado en la oficina que haya indicado que realizará la consolidación del embarque., con la factura de exportación y B/L

¿A quién está dirigido?Empresas pesqueras exportadoras, agencias de embarque.¿Dónde se realiza?

  • Por internet ingresando a http://cerberos.sernapesca.cl/sernapesca/ o ingresando al Icono Ejecutar en Línea de ésta página.

Requisitos

  • Estar registrado para utilizar los servicios en línea de Sernapesca con el Rol Exportador. Para ello, debe llenar la Solicitud de Ingreso a Sistemas de Tramitación en Línea (descargar en www.sernapesca.cl , ingresar en "Formularios"/"Registro Usuarios"/"Formulario Registro Usuarios.xls") O Ingresando al Icono Bajar Formulario de ésta página. El formulario debe enviarse por fax (32-819320) o mail, csolis@sernapesca.cl a Cecilia Solís. Se revisarán sus antecedentes y se le enviará la clave al mail informado). Se le asignará un funcionario tutor que lo capacitará en el uso del sistema El producto debe ser procesado en planta habilitada para el mercado de destino.
  • Cumplir con los requisitos sanitarios y de origen establecidos por Sernapesca y los diferentes mercados compradores, indicados en los documentos CPF/NT1, CPF/NT2 y CER/NT1

Tiempo de realizaciónDependerá del o los certificados solicitadosCosto$25.515.ProductoCertificado sanitario que correspondaObservacionesEs importante informarse sobre los tratados internacionales que puedan existir entre Chile y los países donde se harán las exportaciones.Ventajas del trámite electrónico:

  • Emisión automática de los certificados. Mejora la información respecto a requisitos de cada país de destino. Unifica criterios en la aplicación de controles.
  • Racionaliza los requerimientos y documentos solicitados.
 

Certificado Fitosanitario

Este es un Documento que se obtiene con la tramitación de la Certificación de Exportaciones Hortofrutícolas. Certifica que las frutas y hortalizas frescas, granos y legumbres cumplen con los requisitos del país de destino.

¿En qué consiste?Este es un Documento que se obtiene con la tramitación de la Certificación de Exportaciones Hortofrutícolas. Certifica que las frutas y hortalizas frescas, granos y legumbres cumplen con los requisitos del país de destino. Este documento certifica si esta libre de enfermedades, la calidad de la cosecha, su procedencia, pureza varietal, calibre, entre otros y dependiendo del producto y de la certificación requerida por el importador. Contempla la atención en las plantas de embalajes y almacenamiento hortofrutícolas, para otorgar los servicios relacionados con el proceso de certificación: autorización de instalaciones, tratamientos cuarentenarios, muestreo de lotes, inspecciones y despacho a puerto. Requisitos fitosanitarios del país de destino. Para Inspección SAG en Puertos: 1) Presentación de partidas en camiones planos encarpados. 2) Solicitud de servicios con 24 horas de anticipación.Documentos requeridosFax con los siguientes antecedentes:

  • Identificación del exportador o planta. Hora que se requiere el servicio. Tipo de servicio solicitado. Número de lotes a inspeccionar.
  • Tamaño y especies consideradas en el o los lotes.

Costo

Para productos hortofrutícolas

Tipo de Caja Inspección (UTM)

Servicios Complementarios (UTM)

Hasta 5 Kilos

0,001

0,00028

Entre 5,1 y 10 Kilos

0,001

0,00034

Desde 10,1 Kilos

0,001

0,00043

Tiempo de realizaciónPuede variar. Va desde que el usuario solicita la inspección hasta que conduce las mercaderías al puerto de embarque, además depende del tipo y cantidad de pruebas que deban hacerse a los productos.ProductoCertificado Fitosanitario de Exportación.ObservacionesIdentificar las exigencias del país de destino de las mercaderías (1) y asegurarse que la mercadería a exportar cumple con los tratados internacionales suscritos por Chile con el país de destino (2). (1) Exigencias por mercado. (2) Mercados Internacionales. (3) Dirección de Relaciones Económicas InternacionalesInstituciones RelacionadasAgentes de AduanaTipo de UsuarioPersona Natural, Persona JurídicaVigencia del trámiteSólo válido por la partida inspeccionada.Paso a PasoLos pasos a seguir pueden variar dependiendo del tipo de producto:

  1. El usuario solicita con 24 horas de anticipación inspección a la oficina correspondiente del SAG. En determinados casos debe solicitarse antes de la época de crecimiento activo de las plantas. El tipo de inspección dependerá del tipo de producto y de los convenios que el exportador tenga con el SAG. En los casos que los productos no sean transportados en camines frigoríficos, contenedores o embalados en bins, los cuales deben ser inspeccionados en origen, los productos pueden ser inspeccionados en el puerto de embarque.
  2. El Certificado Fitosanitario es entregado por los profesionales del SAG en el puerto de embarque.

Certificación de Origen

Documento que certifica el lugar de origen de un producto de acuerdo a las Normas de Origen, permitiendo al exportador acogerse a los beneficios arancelarios establecidos en distintos acuerdos internacionales suscritos por Chile con otros países del mundo.


¿En qué consiste?Documento que certifica el lugar de origen de un producto de acuerdo a las Normas de Origen, permitiendo al exportador acogerse a los beneficios arancelarios establecidos en distintos acuerdos internacionales suscritos por Chile con otros países del mundo.Documentos requeridosPuede variar dependiendo de la institución certificadora. En la Cámara Nacional de Comercio: § Factura Original. § Documento Único de SalidaCosto

  • Depende de cada Entidad Certificadora.
  • En la Cámara de comercio $4.000

Tiempo de realizaciónAutomáticoProductoCertificado de OrigenObservacionesIdentificar la Entidad Certificadora competente.Instituciones Relacionadas

  • Otras entidades Certificadoras Por Entidad Certificadora.
  • Por Código Arancelario.

Tipo de UsuarioPersona Natural, Persona JurídicaVigencia del trámiteValido solo por la partida certificada.Paso a Paso

  1. En los casos donde existen tratados de libre comercio (TLC) entre Chile y el país importador, como Canadá, Costa Rica y México, es el propio exportador y bajo su responsabilidad quien emite el Certificado de Origen. En este caso el Exportador debe tomar el formato que se incluye en el Anexo sobre normas de Origen, del respectivo TLC . Para aquellos casos que se requiera obtener el documento de una Entidad Certificadora, se debe identificar cual es la institución competente.
  2. Se presenta la documentación requerida para cada caso y se completa el formulario.

Intervención Bancaria (Comprador Nacional)

Todas las instituciones bancarias otorgan servicios especiales a los Importadores, muchas de ellas han creado reparticiones especiales en sus dependencias con profesionales dedicados completamente al desarrollo de esta gestión.


¿En qué consiste?Todas las instituciones bancarias otorgan servicios especiales a los Importadores, muchas de ellas han creado reparticiones especiales en sus dependencias con profesionales dedicados completamente al desarrollo de esta gestión. En este sentido sirven como intermediarios en la confección y tramitación de aquellos documentos que tienen relación con divisas, cobros, y contactos con otros bancos en el extranjero. Sus servicios entregan asesorías en materias comerciales que no necesariamente son del conocimiento del público general, como tratados internacionales, aranceles aduaneros de diferentes países, etc. El Banco Comercial actúa en nombre del Importador gracias a un mandato que confiere el interesado. La mayoría de los trámites para una importación de realizan a través de una institución bancaria.Documentos requeridos

  • La documentación será solicitada de acuerdo al producto que desee obtener.
  • Si es cuentacorrentista no necesita ningún documento adicional, ya que el banco le presta estos servicios a modo de productos.

CostoEl contacto con los bancos comerciales es gratuito.Tiempo de realización1 día.ProductoNo hay contratos oficiales, los documentos obtenidos dependerán del tipo de producto que se solicite.ObservacionesDe acuerdo a sus necesidades el banco le ofrecerá diferentes productos. Es conveniente que antes de tomar cualquier decisión se informe sobre las tasas de interés y otros datos como beneficios para microempresarios, seguros, etc.Instituciones RelacionadasServicio Nacional de AduanasTipo de UsuarioPersona NaturalVigencia del trámiteMientras exista la intención de negociar a través de un banco determinado.Paso a Paso

  1. El cliente (Importador) se informa sobre los productos de comercio exterior que ofrecen los diferentes Bancos Comerciales Chilenos, a través de su ejecutivo de cuentas, Internet o recorriendo las sucursales de los bancos. Con esa información se selecciona el banco que le ofrece los productos y la asesoría que él necesita. Puede incluso tratarse de un Banco diferente al titular de su cuenta corriente.
  2. El Ejecutivo Comercial le indicará los pasos a seguir de acuerdo al tipo de asesoría y productos que el cliente requiera.

Formularios Disponibles

· Algunos bancos tienen formularios de consulta en línea: o Santiago Comex Center - Banco Santiago. o Servicios en comercio Exterior.

  

Intervención del Agente de Aduana

Para proceder a realizar la movilización de las mercancías hasta la aduana y posteriormente a su destino final, por un valor superior a los US $1000 FOB (Free on Board), se debe contratar un Agente de Aduanas, quien realizará la tramitación de toda la documentación necesaria para que este procedimiento sea realizado.


¿En qué consiste?Para proceder a realizar la movilización de las mercancías hasta la aduana y posteriormente a su destino final, por un valor superior a los US $1000 FOB (Free on Board), se debe contratar un Agente de Aduanas, quien realizará la tramitación de toda la documentación necesaria para que este procedimiento sea realizado. En esta etapa del proceso de exportación es indispensable su mediación, aunque también se pueden contratar desde que se plantea la intención de exportar y solicitar las asesorías necesarias para la realización de los pasos previos. Para que un Agente de Aduanas pueda hacerse cargo del proceso de embarque y trnasporte de las mercancías, es necesario entregarle una serie de documentos que le otorgan la facultad de actuar en nombre del Exportador Nacional.Documentos requeridos

  • Factura de Exportación en Dólares sin IVA Lista de Empaque Instructivo de Embarque
  • Mandato especial (Poder)

CostoDepende de la Agencia de Aduanas y los servicios incluidos en el ContratoTiempo de realizaciónSi se cuenta con la documentación necesaria no debería tardar más de un día la gestión.ProductoContrato con Agente de AduanaObservacionesEs importante cotizar y buscar el Agente de Aduana que le entregue el mejor servicio dependiendo del tipo de producto que exporta, la localización de las bodegas y el tipo de transporte a utilizar.Instituciones Relacionadas

  • Agente de Aduana
  • Cámara Aduanera de Chile.

Tipo de UsuarioPersona NaturalVigencia del trámiteSe estipula en el contrato.Paso a Paso

  1. Solicitar listados de agentes de aduanas. Puede encontrarlos en la Cámara nacional Aduanera. Solicitar reuniones con diferentes instituciones para poder comparar precios y ofertas de servicios.
  2. Una vez que se selecciona la Agencia de Aduana considerada como la mejor opción, se hace u contrato de servicios por el tiempo o por los procesos que se estimen convenientes. En ese contrato se estipularán las responsabilidades y obligaciones de las partes, las modalidades de trabajo, el nivel de asesoría que entregará el Agente de Aduana, etc.
 

Documento Único de Salida (DUS) (Agente de Aduanas)

El Documento Único de Salida (DUS) es el trámite implementado por el Servicio Nacional de Aduanas que ha reunido gran parte de los distintos pasos que deben realizarse para proceder a la presentación de la mercancía ante la aduana, su Autorización de Salida y Embarque, en un esfuerzo de simplificación del proceso de una exportación.


¿En qué consiste?El Documento Único de Salida (DUS) es el trámite implementado por el Servicio Nacional de Aduanas que ha reunido gran parte de los distintos pasos que deben realizarse para proceder a la presentación de la mercancía ante la aduana, su Autorización de Salida y Embarque, en un esfuerzo de simplificación del proceso de una exportación. El DUS reúne bajo un solo documento los siguientes pasos en el transcurso de una exportación:

  • Presentación de las Mercancías al Servicio Nacional de Aduanas Ingreso a Zona Primaria y Autorización de Salida Aforo
  • Embarque Este trámite, que debe ser realizado por un Agente de Aduanas y legalizado por el Servicio Nacional de Aduanas, tiene por objeto presentar las mercancías a exportar a la Aduana para que autorice su salida hacia el país de destino (destinación Aduanera de Exportación), debe realizarse antes de que las mercancías ingresen a la Zona Primaria. En esta etapa, se cursa el Documento Único de Salida - Aceptado a Trámite, se procede a solicitar una autorización para llevar las mercancías hasta la Zona Primaria, donde permanecerán bajo potestad del Servicio Nacional de Aduanas hasta que sea sometida a Aforo, si procede, y sea posteriormente autorizado su embarque.

Documentos requeridosPara la Elaboración y Presentación del DUS-Aceptación a Trámite:

  • Documentación Previamente entregada por el Exportador Nacional al Agente de Aduana. (ver trámite Intervención Agente de Aduana) Resolución que autorice la Destinación (si procede) Planilla de Calibraje, en caso de productos hortofrutícolas frescos, autorizada por el Agente (si procede)
  • Copia de la Factura Comercial o Factura Pro Forma.

Ingreso de la Mercancía a Zona Primaria:

  • DUS Aceptado a Trámite Si es transporte marítimo, debe presentar la reserva de espacio en la Nave Guía de Despacho o Lista de Empaque Para la Elaboración y Presentación del DUS Legalizado:
    • Mandato constituido mediante poder escrito. Copia no negociable del Conocimiento de Embarque o documento que haga sus veces, debidamente valorado y fechado. Documento Único de Salida. (DUS) Factura Comercial timbrada por el Servicio de Impuestos Internos, con los valores definitivos en caso de venta bajo la modalidad a firme. La factura comercial puede ser reemplazada por una Factura Proforma cuando se trate de exportaciones bajo la modalidad de venta en consignación libre. Ejemplar de la Planilla de Calibraje, cuando se trate de productos hortofrutícolas frescos y siempre que corresponda. Copia de la respectiva Póliza de Seguro, cuando corresponda. Instrucciones de embarque proporcionadas por el exportador.
    • Visaciones, certificados, vistos buenos y otros que, por disposiciones legales, ciertas mercancías deben acreditar ante del Servicio Nacional de Aduanas. Ejemplar de Salida Temporal, cuando el caso lo requiera

CostoEl costo que se paga es por la tramitación del documento, y este valor está incluido en el contrato con el Agente de Aduana.Duración del Trámite

  • DUS - Aceptación a Trámite: 10 minutos
  • El resto del proceso tiene variaciones de tiempo relativos, pero no puede tardar más de 25 días, por la vigencia del DUS.

Producto

  • Documento Único de Salida aceptado a trámite. (Imprimir el documento aceptado desde Web y Firmar) · Autorización de Salida

ObservacionesEl Agente de Aduanas cumple una labor como Ministro de Fe. En este sentido, para la presentación del DUS el Agente no debe adjuntar los documentos que le ha entregado el Exportador, salvo expresa petición del Servicio Nacional de Aduanas. El Agente de Aduanas tiene la responsabilidad de guardar esa documentación por un período mínimo de 5 años. Por esto, es muy importante que toda la documentación entregada a este intermediario sea confiable y precisa, para evitar retrasos o problemas en la etapa de la revisión de las mercancías.Instituciones RelacionadasServicio Nacional de AduanasTipo de UsuarioPersona NaturalVigencia del trámiteUna vez aceptado el DUS a trámite, las mercaderías deben embarcarse antes de los siguientes 25 días hábiles, mismo plazo corre para la legalización de la declaración.Paso a Paso

  1. El exportador se pone en contacto con un Agente de Aduanas, fijando su intervención en el proceso de la exportación, así como el valor de sus servicios. El Agente de Aduanas, basándose en la documentación proporcionada por el Exportador Nacional, completa el formulario del Documento Único de Salida-Aceptación a Trámite, y lo presenta por vía electrónica De ser Aceptado a Trámite el DUS, se solicita el ingreso a zona primaria de las mercaderías adjuntando Guía de Despacho o Lista de empaque según corresponda. Si las mercaderías no son seleccionadas para Aforo Físico, el fiscalizador del Servicio Nacional de Aduanas entrega la Autorización de Salida, de lo contrario se fija fecha y lugar del aforo. De estar en orden se entrega dicha Autorización. Si es sorteado con Examen Documental, el agente de aduanas debe presentar toda la información requerida por los fiscalizadores en los siguientes dos días hábiles tras la legalización. Dentro de los siguientes 25 días hábiles contados desde la fecha de Aceptación a trámite del DUS deben embarcarse las mercaderías, lo que se constatará mediante el Conocimiento de embarque que entrega la compañía transportadora. Una vez que se han Embarcado las mercancías se procederá a llenar el segundo mensaje del Dus Legalización.
  2. Con este trámite se cierra el proceso técnico de la exportación y se establece que ya se ha formalizado la destinación aduanera de la mercancía.
 

Embarque y Transporte de las Mercancías

Una vez aceptado el Documento Único de Salida por el Servicio Nacional de Aduanas, las mercancías deberán ser embarcadas dentro del plazo de 25 días corridos contados desde la fecha de aceptación a trámite del DUS.


¿En qué consiste?Una vez aceptado el Documento Único de Salida por el Servicio Nacional de Aduanas, las mercancías deberán ser embarcadas dentro del plazo de 25 días corridos contados desde la fecha de aceptación a trámite del DUS.Si la mercancía no fuere embarcada dentro de ese plazo y ésta ya no se encuentre dentro de la zona primaria, el Agente de Aduanas deberá solicitar la anulación del documento por no embarque de las mercancías. Si por el contrario, estando la mercancía en zona primaria se calcula que por diversos motivos no podrá ser embarcada dentro del plazo general de embarque, estando próxima a embarcar o salir del país, el despachador deberá solicitar una prórroga al plazo de embarque antes de su vencimiento. El documento que certifica el embarque de las mercancías es el Conocimiento de Embarque o el que haga sus veces de acuerdo al tipo de transporte usado (Contrato de fletamiento).Este Documento es emitido por la compañía transportista y firmado por el transportista que acredita el embarque. Estipula fecha, puertos de origen y destino, cantidad y condiciones de la mercancía recibida a bordo. Cuando el transporte es aéreo, se denomina Guía Aérea, cuando el transporte es terrestre, Carta de Porte o conocimiento de embarque Rodoviario, y cuando es transporte Naviero se denomina Conocimiento de Embarque (B/L) o Bill of LadingDocumentos requeridos§ Para embarque se requiere el DUS con su autorización de salida timbrada § En el caso del transporte terrestre, cuando se pase por los controles fronterizos, el conductor del vehículo deberá presentar: - Manifiesto de Carga (MIC/DTA) donde se deberá indicar el número del o los DUS que amparan las mercancías que salen del país. - Lista de Pasajeros y Tripulantes.CostoEl valor de estos documentos están incluidos dentro de los contratos con transportistas y agentes de aduana.ProductoConocimiento de Embarque (Copia)Instituciones RelacionadasServicio nacional de AduanasTipo de UsuarioPersona NaturalVigencia del trámite

  • Independiente de que la mercancía tenga haya pasado por todos los controles propios del Servicio Nacional de Aduanas, puede ser sometida a revisión en los controles fronterizos cuando el transporte se hace por vía terrestre.
  • El documento de Conocimiento de Embarque le servirá al Exportador Nacional para comprobar el envío de las mercancías y cobrar su Acreditivo ante el banco.

Institución Responsable

  • Agente de Aduanas
  • Empresa Transportista

Informar Destino de Divisas

Informar al Banco Central de Chile el ingreso al país de las divisas surgidas de operaciones de exportación, superiores a US $10.000 FOB.


¿En qué consiste?Informar al Banco Central de Chile el ingreso al país de las divisas surgidas de operaciones de exportación, superiores a US $10.000 FOB.Documentos requeridosFormulario Anexo uno, capitulo cuarto (de Destino de Divisas).CostoGratuitoTiempo de realizaciónUn día, usted debe presentar el formulario y recibirá el comprobante.ProductoComprobante.ObservacionesContar con toda la información requerida en el formulario.Instituciones RelacionadasBanco Comercial.Tipo de UsuarioPersona Natural, Persona Jurídica

Paso a Paso

  1. Si la transacción se tramitó a través de un banco comercial, este emite una planilla y la remite al Banco Central.
  2. Si el dinero llega al vendedor nacional, sin la intermediación de un banco comercial, este debe informar al Banco Central.
  3. Si desea realizar este trámite por Internet debe presentar una Carta de Solicitud de Clave de Acceso. Si desea la carta tipo, puede encontrarla en formato RTF o como documento.
  4. Si no desea realizar el trámite por Internet, debe solicitar el formulario o descargarlo desde Internet y completar la información solicitada.
  5. Presentarlo al Departamento de Operaciones de Comercio Exterior.
  6. Recibir comprobante.

Reintegro y Declaración del IVA

El sistema de Reintegro y la Declaración de IVA para Exportadores son parte de una serie de incentivos a las exportaciones nacionales.


¿En qué consiste?El sistema de Reintegro y la Declaración de IVA para Exportadores son parte de una serie de incentivos a las exportaciones nacionales. Los Reintegros están referidos a aquellos productos exportados clasificados como no tradicionales, Fluctúa entre un 6 %, un 5 % y un 3 % sobre el valor total (líquido) de retorno de la exportación.Este incentivo tiene como principal objetivo compensar los costos de fabricación de estos productos para los exportadores nacionales. Para acceder a este beneficio, el producto debe tener carácter de nacional, esto es ser 100% chileno y original.En el caso de que se trate de un producto modificado en el país, cuyos materiales puedan provenir del extranjero, estos no deben estar contenidos en más del 50% del producto, el cual debe haber sido modificado al punto de no caer bajo la misma posición arancelaria de las materias primas importadas.Los exportadores de productos y servicios considerados exportables tienen derecho a recuperar el I.V.A. cuando pagan por bienes, insumos o servicios inherentes a su exportación. Cuando el exportador, además de vender en el exterior también lo hace en el mercado interno, la recuperación del I.V.A. se efectúa a través del crédito fiscal. Es decir, el I.V.A. que recupera por las exportaciones aumenta el crédito fiscal del mismo período tributario en que se origine un débito fiscal, por ventas en el país.Cuando un exportador no vende en el mercado interno, recupera el total del crédito fiscal, ya que sus exportaciones son el total de las ventas de un período tributario. Los exportadores de bienes deberán solicitar la recuperación de los créditos fiscales en el Servicio de Impuestos Internos con jurisdicción en la comuna correspondiente al domicilio comercial, dentro del mes siguiente de la fecha de cumplido del embarque para los bienes o de la aceptación a trámite de la Declaración de Exportación de los servicios o del mes siguiente de recibida la liquidación final de venta en consignación al exterior.Documentos requeridos

  • Reintegro: o Presentar la solicitud de reintegro, en el formulario existente para ese efecto (Formulario 70), ante la Tesorería General de la República correspondiente a la dirección legal del exportador. o Presentar constancia del precio de los productos exportados. Esta es una declaración jurada incluida en el Formulario 70. o Declaración jurada en que se manifiesta que la mercancía exportada es de origen nacional.
  • Recuperación del IVA: o RUT y/o Carné de Identidad del beneficiario o Solicitud de devolución en duplicado, que tiene carácter de Declaración Jurada, firmada ante Notario en caso de personas jurídicas o Conocimiento de Embarque o Formulario N° 29 que corresponda al período por el que se solicita la devolución del IVA. o Original de la Iniciación de Actividades si es la primera solicitud, sino una fotocopia de la misma. o DUS de las exportaciones realizadas durante el período

CostoGratisTiempo de realizaciónLa entrega de documentación es inmediata.ProductoCheques respectivos con las cantidades solicitadas por ambos conceptosObservaciones

  • Antes de solicitar el beneficio de reintegro por productos no tradicionales, el exportador deberá informar al Banco Central de Chile la situación del retorno de su exportación.
  • El reintegro y la devolución del IVA se hacen efectivos mediante cheque girado por la Tesorería General de la República a la orden del exportador, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Instituciones RelacionadasBanco CentralTipo de UsuarioPersona NaturalVigencia del trámite