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16 de julio de 1997
Diario Oficial de la Federación (México)
AVISO por el cual se solicitan peticiones para incluir productos en las negociaciones de aceleración de la desgravación arancelaria en el marco de los Tratados de Libre Comercio suscritos por México con las Repúblicas de Costa Rica, Colombia, Venezuela y Bolivia.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.
La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales, con fundamento en los artículos 3-03 párrafo 1 y 3-04 párrafo 3 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica; 3-03 párrafo 1 y 3-04 párrafo 6; del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela; 3-02 párrafo 1 y 3-03 párrafo 4 del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Bolivia; 34 fracción XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 4, 6 fracciones IX y XIII y 11 fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; 1 y 7 fracción I inciso g) del Acuerdo delegatorio de facultades de la propia Secretaría; 1 fracción II y 2 del Acuerdo que adscribe orgánicamente unidades administrativas de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO
Que en las materias sobre trato nacional y acceso de bienes del mercado de cada uno de los Tratados de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica; entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, y los Estados Unidos Mexicanos y la República de Bolivia, se establece que a solicitud de cualquiera de ellas, las Partes realizarán consultas para examinar la posibilidad de acelerar la eliminación de aranceles aduaneros prevista en sus listas de desgravación, y
Que la Comisión Administradora de cada uno de los tratados de libre comercio mencionados anteriormente ha acordado iniciar negociaciones con miras a acelerar la desgravación arancelaria de bienes originarios conforme a las disposiciones aplicables de cada uno de dichos tratados, expide el siguiente
AVISO POR EL CUAL SE SOLICITAN PETICIONES PARA INCLUIR PRODUCTOS EN LAS NEGOCIACIONES DE ACELERACION DE LA DESGRAVACION ARANCELARIA EN EL MARCO DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR MEXICO CON LAS REPUBLICAS DE COSTA RICA, COLOMBIA, VENEZUELA Y BOLIVIA.
PRIMERO.- La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial recibirá peticiones sobre bases recíprocas, para incluir productos en las negociaciones de aceleración de la desgravación, en términos del presente Aviso.
Los interesados en solicitar la eliminación acelerada de aranceles en el marco de los Tratados de Libre Comercio suscritos por México con las Repúblicas de Costa Rica, Colombia, Venezuela y Bolivia deberán dirigirse a la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial antes del 15 de agosto a través de sus cámaras o asociaciones, las cuales forman parte de la Coordinadora de Organismos Empresariales de Comercio Exterior (COECE).
SEGUNDO.- Las comunicaciones a que se refiere el punto anterior deberán de contener la siguiente información para que puedan ser consideradas por la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial:
I. Fracciones arancelarias vigentes en México, y las Repúblicas de Costa Rica, Colombia, Venezuela y Bolivia, que clasifiquen en los productos. Deberá especificarse si se solicita acelerar el universo de productos clasificados en una misma fracción arancelaria, o únicamente un subproducto;
II. Descripción completa en español de los productos, y
III. Síntesis informativa que explique la razón de la petición.
México, D.F., a 8 de julio de 1997.- El Subsecretario de Negociaciones Comerciales Internacionales, Jaime Zabludovsky Kuper.- Rúbrica.
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