National Law Center for Inter-American Free Trade
InterAm Database
Diario Oficial de la Federación - México
14 de diciembre de 1993
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
DECRETO de promulgación del Tratado de Libre Comercio de
América del Norte.
(continuado)
Capítulo 90
Notas aclaratorias
Nota 1: Para efectos de este capítulo, el término
"circuito
modular" significa un bien que consiste de uno o más
circuitos impresos de la partida 85.34 con uno o más
elementos activos ensamblados y con o sin elementos pasivos.
Para efectos de esta nota, "elementos activos" comprenden
diodos, transistores y dispositivos semiconductores
similares, fotosensibles o no, de la partida 85.41, y los
circuitos integrados y microensambles de la partida 85.42.
Nota 3: La fracción 9009.90.02 comprende las siguientes
partes para fotocopiadoras de la subpartida 9009.12.:
(a) Ensambles de imagen, que incorporen más de uno
de
los siguientes componentes: banda o cilindro fotorreceptor,
unidad receptora de tinta en polvo, unidad de distribución
de tinta en polvo, receptáculo de revelado, unidad de
distribución de revelado, unidad de carga/descarga, unidad
de limpieza;
(b) Ensambles ópticos, que incorporen más de
uno de los
siguientes componentes: lentes, espejos, fuente de
iluminación, vidrio de exposición de documento;
(c) Ensambles de control de usuario, que incorporen más
de uno de los siguientes componentes: circuitos modulares,
fuente de poder, teclado, cables, pantalla (tipo rayos
catódicos o pantalla plana);
(d) Ensambles de fijación de imagen, que incorporen
más
de uno de los siguientes componentes: fusible, rodillo de
presión, elemento calentador, distribución de aceite,
unidad
de limpieza, control eléctrico;
(e) Ensambles de manejo de papel, que incorporen más
de
uno de los siguientes componentes: banda transportadora de
papel, rodillo, barra de impresión, bandeja, rodillo
compresor, unidad de almacenamiento de papel, bandeja de
salida; o
(f) Combinaciones de los ensambles anteriormente
especificados.
90.01 FIBRAS OPTICAS Y HACES DE FIBRAS OPTICAS; CABLES
DE FIBRAS OPTICAS, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 85.44; HOJAS Y
PLANCHAS DE MATERIAS POLARIZANTES; LENTES (INCLUSO LAS DE
CONTACTO), PRISMAS, ESPEJOS Y DEMAS ELEMENTOS DE OPTICA DE
CUALQUIER MATERIA, SIN MONTAR, EXCEPTO LOS DE VIDRIO SIN
TRABAJAR OPTICAMENTE.
9001.10 - Fibras ópticas, haces y cables de fibras
ópticas.
9001.10.01 Haces de fibras ópticas. 10 A A
9001.10.02 Cables de fibras ópticas. 10 A
A
9001.10.03 Fibras ópticas. 5 A A
9001.20 - Hojas y planchas de materias polarizantes.
9001.20.01 De materias plásticas artificiales, de
espesor uniforme y sin graduación. 15 A A
9001.20.99 Los demás. 15 A A
9001.30 - Lentes de contacto.
9001.30.01 De materias plásticas. 15 A A
9001.30.02 Elementos de óptica (pastillas o
botones) destinados para la fabricación de lentes de
contacto, de materias plásticas, en bruto, con
diámetro inferior o igual a 30 milímetros.
10 A
A
9001.30.99 Los demás. 15 A A
9001.40 - Lentes de vidrio para gafas (anteojos).
9001.40.01 Cristales monofocales o bifocales,
con diámetro igual o inferior a 75
mm., semiterminados. 15 A A
9001.40.02 Lentes de cristal oftálmico, sin
graduación, destinados a la fabricación de anteojos
de
seguridad, con espesor igual o superior a 3
milímetros sin exceder de 3.8 milímetros.
15 A
A
9001.40.99 Los demás. 15 A A
9001.50 - Lentes de otras materias para gafas (anteojos).
9001.50.01 De materias plásticas artificiales.
10
A A
9001.50.99 Los demás. 15 A A
9001.90 - Los demás
9001.90.01 Filtros anticalóricos. 10 A A
9001.90.99 Los demás. 10 A A
90.02 LENTES, PRISMAS, ESPEJOS Y DEMAS ELEMENTOS DE
OPTICA DE CUALQUIER MATERIA, MONTADOS, PARA INSTRUMENTOS O
APARATOS, EXCEPTO LOS DE VIDRIO SIN TRABAJAR OPTICAMENTE.
- Objetivos:
9002.11 - - Para cámaras, para proyectores o para
ampliadoras o reductoras fotográficas o cinematográficas.
9002.11.01 Para cámaras, para proyectores o para
ampliadoras o reductoras
fotográficas o cinematográficas. 10 A
A
9002.19 - - Los demás.
9002.19.99 Los demás. 10 A A
9002.20 - Filtros.
9002.20.01 Filtros. 10 A A
9002.90 - Los demás.
9002.90.99 Los demás. 10 A A
90.03 MONTURAS (ARMAZONES) DE GAFAS (ANTEOJOS) O
DE ARTICULOS SIMILARES Y SUS PARTES.
- Monturas (armazones):
9003.11 - - De plástico.
9003.11.01 De plástico. 15 A A
9003.19 - - De otras materias.
9003.19.01 De otras materias. 15 A A
9003.90 - Partes.
9003.90.01 Partes, excepto lo comprendido en la
fracción 9003.90.02. 10 A A
9003.90.02 Frentes. 15 A A
90.04 GAFAS (ANTEOJOS) CORRECTORAS, PROTECTORAS U OTRAS,
Y ARTICULOS SIMILARES.
9004.10 - Gafas (anteojos) de sol.
9004.10.01 Gafas (anteojos) de sol. 15 A A
9004.90 - Los demás.
9004.90.99 Las demás. 15 A A
90.05 ANTEOJOS DE LARGA VISTA MONOCULARES O
BINOCULARES (GEMELOS), ANTEOJOS ASTRONOMICOS, TELESCOPIOS
OPTICOS Y SUS ARMAZONES; LOS DEMAS INSTRUMENTOS DE
ASTRONOMIA Y SUS ARMAZONES, CON EXCLUSION DE LOS APARATOS DE
RADIOASTRONOMIA.
9005.10 - Anteojos de larga vista binoculares (gemelos).
9005.10.01 Anteojos de larga vista binoculares
(gemelos). 15 A A
9005.80 - Los demás instrumentos.
9005.80.01 Telescopios para aficionados. 15 A A
9005.80.02 Anteojos astronómicos. 15 A A
9005.80.99 Los demás. 15 A A
9005.90 - Partes y accesorios (incluidas los armazones).
9005.90.01 Partes y accesorios,excepto lo
comprendido en la fracción 9005.90.02. 10 A
A
9005.90.02 Partes y accesorios, reconocibles
exclusivamente para gemelos y
prismáticos. 15 A A
9005.90.03 Partes reconocibles como concebidas
exclusivamente para lo comprendido en las subpartidas
9005.10 a 9005.80, que incorporen lentes, prismas y
espejos de las partidas 90.01 a 90.02. 10 A A
90.06 CAMARAS FOTOGRAFICAS; APARATOS Y DISPOSITIVOS,
INCLUIDOS LAS LAMPARAS Y TUBOS, PARA LA PRODUCCION DE
DESTELLOS EN FOTOGRAFIA, CON EXCLUSION DE LAS LAMPARAS Y
TUBOS DE DESCARGA DE LA PARTIDA 85.39.
9006.10 - Cámaras fotográficas del tipo de las
utilizadas para la preparación de clises o de cilindros
de imprenta.
9006.10.01 Cámaras fotográficas de enfoque
automático. 10 A A
9006.10.99 Los demás. 10 A A
9006.20 - Cámaras fotográficas del tipo de las
utilizadas para el registro de documentos en
microfilmes, microfichas u otros microformatos.
9006.20.01 Cámaras fotográficas del tipo de
las
utilizadas para el registro de documentos
en microfilmes, microfichas u otros
microformatos. 10 A A
9006.30 - Cámaras especiales para la fotografía
submarina
o aérea, para el examen médico de órganos
internos o para
los laboratorios de medicina legal o de identificación
judicial.
9006.30.01 Cámaras especiales para la fotografía
submarina o aérea, para el examen médico de órganos
internos o para los laboratorios de medicina
legal o de identificación judicial. 10 A
A
9006.40 - Cámaras fotográficas con autorrevelado.
9006.40.01 Cámaras fotográficas de autorrevelado.
15
A A
- Las demás cámaras fotográficas:
9006.51 - - Con visor de reflexión a través
del
objetivo para películas en rollo de anchura inferior
o
igual a 35 mm.
9006.51.01 Con visor de reflexión a través del
objetivo
para películas en rollo de
anchura inferior o igual a 35 mm. 15 A A
9006.52 - - Las demás, para películas en rollo
de
anchura inferior a 35 mm.
9006.52.01 Las demás, para películas en rollo
de
anchura inferior a 35 mm. 15 A A
9006.53 - - Los demás, para películas en rollo
de
anchura igual a 35 mm.
9006.53.01 Los demás, para películas en rollo
de
anchura
igual a 35 mm. 15 A A
9006.59 - - Las demás.
9006.59.01 Cámaras fotográficas horizontales,
con peso unitario mayor de 100 Kg. 15 A A
9006.59.99 Las demás. 10 A A
- Aparatos y dispositivos, incluidos las lámparas
y
tubos, para la producción de destellos en
fotografía:
9006.61 - - Aparatos con tubo de descarga para la
producción de destellos ("flashes electrónicos").
9006.61.01 Aparatos con tubo de descarga para
la producción de destellos
("flashes electrónicos"). 10 A
A
9006.62 - - Lámparas de destello, cubos de destello y
similares.
9006.62.01 Lámparas de destellos, cubos de
destello y similares. 15 A A
9006.69 - - Los demás.
9006.69.99 Los demás. 15 A A
- Partes y accesorios:
9006.91 - - De cámaras fotográficas.
9006.91.01 Tripiés. 15 A A
9006.91.02 Cargadores o chasis para placas o
películas fotográficas. 10 A A
9006.91.99 Los demás. 10 A A
9006.99 - - Las demás.
9006.99.99 Las demás. 10 A A
90.07 CAMARAS Y PROYECTORES CINEMATOGRAFICOS, INCLUSO
CON GRABADORES O REPRODUCTORES DE SONIDO INCORPORADO.
- Cámaras:
9007.11 - - Para películas cinematográficas (filmes)
de
anchura inferior a 16 mm. o para películas cinematográficas
(filmes) de doble 8mm.
9007.11.01 Para películas cinematógrafas (filmes)
de
anchura inferior a 16 mm. o para películas cinematográficas
(filmes) de doble 8 mm. 15 A A
9007.19 - - Los demás.
9007.19.01 Giroestabilizadas. 15 A A
9007.19.99 Los demás. 15 A A
- Proyectores:
9007.21 - - Para películas cinematográficas (filmes)
de
anchura inferior a 16 mm.
9007.21.01 Para películas cinematográficas
(filmes) de anchura inferior a 16 mm. 15 A A
9007.29 - - Los demás.
9007.29.01 Para películas de formato igual a 16 mm.
15 A A
9007.29.02 Para películas de formato igual a 35 y
70 mm. 15 A A
9007.29.99 Los demás. 15 A A
- Partes y accesorios:
9007.91 - - De cámaras.
9007.91.01 De cámaras. 10 A A
9007.92 - - De proyectores.
9007.92.01 De proyectores. 10 A A
90.08 PROYECTORES DE IMAGEN FIJA; AMPLIADORAS
O REDUCTORAS, FOTOGRAFICAS.
9008.10 - Proyectores de diapositivas.
9008.10.01 Proyectores de diapositivas. 15 A A
9008.20 - Lectores de microfilmes, de microfichas o de
otros microformatos, incluso si permiten la obtención de
copias.
9008.20.01 Lectores de microfilmes, de microfichas o
de otros microformatos, incluso si
permiten la obtención de copias. 15 A A
9008.30 - Los demás proyectores de imagen fija.
9008.30.01 Episcopios. 15 A A
9008.30.99 Los demás. 15 A A
9008.40 - Ampliadoras o reductoras, fotográficas.
9008.40.01 Ampliadoras o reductoras, fotográficas.
15
A A
9008.90 - Partes y accesorios.
9008.90.01 Cargadores, para aparatos de
proyección fija. 10 A A
9008.90.99 Los demás. 15 A A
90.09 APARATOS FOTOCOPIADORES POR SISTEMA OPTICO O POR
CONTACTO Y APARATOS TERMOCOPIADORES.
- Aparatos fotocopiadores electrostáticos:
9009.11 - - Con reproducción directa del
original (procedimiento directo).
9009.11.01 Con reproducción directa del
original (procesamiento directo). 20 A A
9009.12 - - Con reproducción del original mediante
soporte intermedio (procedimiento indirecto).
9009.12.01 Con reproducción del original mediante
soporte intermedio
(procedimiento indirecto). 20 A A
- Los demás fotocopiadores:
9009.21 - - Por sistema óptico.
9009.21.01 Heliográficas. 20 A A
9009.21.99 Los demás. 20 A A
9009.22 - - Por contacto.
9009.22.01 Por contacto. 20 A A
9009.30 - Aparatos termocopiadores.
9009.30.01 Aparatos termocopiadores. 20 A A
9009.90 - Partes y accesorios.
9009.90.01 Reconocibles como concebidas
exclusivamente para aparatos de fotocopia por sistema
óptico y de
termocopia. 10 A A
9009.90.02 Partes reconocibles como concebidas
exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 9009.12,
especificadas en
la Nota aclaratoria 3 del capítulo 90. 10 A
A
9009.90.99 Los demás. 10 A A
90.10 APARATOS Y MATERIAL PARA LABORATORIOS FOTOGRAFICOS
O CINEMATOGRAFICOS (INCLUIDOS LOS APARATOS PARA PROYECTAR EL
TRAZADO DE CIRCUITOS SOBRE SUPERFICIES SENSIBILIZADAS DE
MATERIALES SEMICONDUCTORES), NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS
EN OTRA PARTE DE ESTE CAPITULO, NEGATOSCOPIOS; PANTALLAS DE
PROYECCION.
9010.10 - Aparatos y material para revelado automático
de películas fotográficas, de películas cinematográficas
(filmes), o de papel fotográfico en rollos o para la
impresión automática de películas reveladas
en rollos de
papel y fotográfico.
9010.10.01 Aparatos para revelar. 15 A A
9010.10.99 Los demás. 15 A A
9010.20 - Los demás aparatos y material para laboratorios
fotográficos o cinematográficos; negatoscopios.
9010.20.01 Los demás aparatos y material para
laboratorios fotográficos o
cinematográficos: negatoscopios. 10 A A
9010.30 - Pantallas de proyección.
9010.30.01 Pantallas de proyección. 20 A A
9010.90 - Partes y accesorios.
9010.90.01 Partes y accesorios. 15 A A
90.11 MICROSCOPIOS OPTICOS, INCLUIDOS LOS
DE MICROFOTOGRAFIA, MICROCINEMATOGRAFIA O
MICROPROYECCION.
9011.10 - Microscopios estereoscópicos.
9011.10.01 Para cirugía. 10 B B
9011.10.99 Los demás. 20 B B
9011.20 - Los demás microscopios para
microfotografía, microcinematografía o microproyección.
9011.20.01 Los demás microscopios para
microfotografía, microcinematografía o
microproyección. 20 B B
9011.80 - Los demás microscopios.
9011.80.99 Los demás microscopios. 20 B B
9011.90 - Partes y accesorios.
9011.90.01 Partes y accesorios. 10 B B
90.12 MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS OPTICOS Y
DIFRACTOGRAFOS.
9012.10 - Microscopios, excepto los ópticos, y
difractógrafos.
9012.10.01 Difractógrafos. 10 A A
9012.10.99 Los demás. 10 A A
9012.90 - Partes y accesorios.
9012.90.01 Partes y accesorios. 10 A A
90.13 DISPOSITIVOS DE CRISTALES LIQUIDOS QUE NO
CONSTITUYAN ARTICULOS COMPRENDIDOS MAS ESPECIFICAMENTE EN
OTRA PARTE; LASERES, EXCEPTO LOS DIODOS LASER; LOS DEMAS
APARATOS E INSTRUMENTOS DE OPTICA, NO COMPRENDIDOS EN OTRA
PARTE DE ESTE CAPITULO.
9013.10 - Miras telescópicas para armas;
periscopios,visores para máquinas, aparatos o instrumentos
de este Capítulo o de la Sección XVI.
9013.10.01 Miras telescópicas para armas;
periscopios, visores para máquinas, aparatos o instrumentos
de este
Capítulo o de la Sección XVI. 10 A A
9013.20 - Láseres, excepto los diodos láser.
9013.20.01 Láseres, excepto los diodos láser.
10 A
A
9013.80 - Los demás dispositivos, aparatos e instrumentos.
9013.80.01 Los demás dispositivos, aparatos
e instrumentos, excepto cuentahilos. 10 A A
9013.80.02 Cuentahilos. 15 A A
9013.90 - Partes y accesorios.
9013.90.01 Partes y accesorios. 10 A A
90.14 BRUJULAS, INCLUIDOS LOS COMPASES DE NAVEGACION;
LOS DEMAS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACION.
9014.10 - Brújulas, incluidos los compases de navegación.
9014.10.01 Brújulas. 10 A A
9014.10.02 Compases de navegación. 15 A A
9014.10.03 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9014.10.99 Los demás. 15 A A
9014.20 - Instrumentos y aparatos para la navegación
aérea o espacial (excepto las Brújulas).
9014.20.01 Instrumentos y aparatos para la navegación
aérea o espacial (excepto
las Brújulas). 10 A A
9014.80 - Los demás instrumentos y aparatos.
9014.80.01 Sondas acústicas o sondas de
ultrasonido. 10 A A
9014.80.02 Sondas aerológicas, para navegación
marítima o fluvial. 10 A A
9014.80.99 Los demás. 15 A A
9014.90 - Partes y accesorios.
9014.90.01 Para lo comprendido en la fracción
9014.10.01. 10 A A
9014.90.02 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9014.90.99 Los demás. 10 A A
90.15 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE GEODESIA, DE
TOPOGRAFIA, DE AGRIMENSURA, DE NIVELACION, DE FOTOGRAMETRIA,
DE HIDROGRAFIA, DE OCEANOGRAFIA, DE HIDROLOGIA, DE
METEOROLOGIA O DE GEOFISICA CON EXCLUSION DE LAS BRUJULAS;
TELEMETROS.
9015.10 - Telémetros.
9015.10.01 Telémetros. 15 A A
9015.20 - Teodolitos y taquímetros.
9015.20.01 Teodolitos, excepto lo comprendido
en la fracción 9015.20.03. 20 A A
9015.20.02 Taquímetros. 15 A A
9015.20.03 Teodolitos, eléctricos o electrónicos.
20
A A
9015.30 - Niveles.
9015.30.01 Niveles. 20 A A
9015.40 - Instrumentos y aparatos de fotogrametría.
9015.40.01 Instrumentos y aparatos de
fotogrametría. 10 A A
9015.80 - Los demás instrumentos y aparatos.
9015.80.01 Aparatos para medir distancias
geodésicas. 10 A A
9015.80.02 Alidadas con plancheta, excepto
eléctricos o electrónicos. 20 A A
9015.80.03 Celdas de presión, piezómetros
o extensómetros. 10 A A
9015.80.04 Aparatos de control y medición de
niveles del tipo eléctrico o electrónico.
15 A
A
9015.80.05 Inclinómetros y extensómetros,
para medir
deformaciones del suelo, roca
o concreto, eléctricos o electrónicos. 10
A A
9015.80.99 Los demás. 15 A A
9015.90 - Partes y accesorios.
9015.90.01 Para lo comprendido en las
fracciones 9015.20.01, 9015.30.01 y
9015.80.02. 10 A A
9015.90.99 Los demás. 10 A A
90.16 BALANZAS SENSIBLES A UN PESO INFERIOR O IGUAL A
5 CG., INCLUSO CON PESAS.
9016.00 Balanzas sensibles a un peso inferior o igual a
50 cg.,incluso con pesas.
9016.00.01 Electrónicas. 10 A A
9016.00.02 Partes y accesorios. 10 A A
9016.00.99 Los demás. 10 A A
90.17 INSTRUMENTOS DE DIBUJO, DE TRAZADO O DE CALCULO
(POR EJEMPLO: MAQUINAS PARA DIBUJAR, PANTOGRAFOS,
TRANSPORTADORES, ESTUCHES DE DIBUJO, REGLAS Y CIRCULOS, DE
CALCULO); INSTRUMENTOS MANUALES DE MEDIDA DE LONGITUDES (POR
EJEMPLO: METROS, MICROMETROS, CALIBRADORES Y CALIBRES), NO
EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPITULO.
9017.10 - Mesas y máquinas para dibujar,
incluso automáticas.
9017.10.01 Mesas o mármoles. 10 A A
9017.10.02 Máquinas para dibujar o escuadras
universales, aun cuando se
presenten con su tablero de dibujo. 20 A A
9017.10.99 Los demás. 20 A A
9017.20 - Los demás instrumentos para dibujar, para
trazar o para calcular.
9017.20.01 Los demás instrumentos para dibujar, para
trazar o para calcular, excepto lo
comprendido en la fracción 9017.20.02 20 C
C
9017.20.02 Transportadores de ángulos. 15 C
C
9017.20.99 Los demás. 20 C C
9017.30 - Micrómetros, calibradores y calibres.
9017.30.01 Calibradores "Pie de Rey" (Vernier)
o
de corredera. 20 A A
9017.30.99 Los demás. 10 A A
9017.80 - Los demás instrumentos.
9017.80.01 Cintas métricas. 20 C C
9017.80.02 Niveles o clisímetros. 20 A A
9017.80.03 Comprobadores de cuadrante. 10 A A
9017.80.04 Metros de madera plegable. 15 C C
9017.80.05 Para medir la superficie de cueros o
pieles por medio de rodillos giratorios
con espigas; planímetros. 10 A A
9017.80.99 Los demás. 20 A A
9017.90 - Partes y accesorios.
9017.90.01 Partes y accesorios, excepto lo
comprendido en la fracción 9017.90.02. 10 A
A
9017.90.02 Reconocibles como concebidos
exclusivamente para lo comprendido
en la fracción 9017.10.02. 15 A A
90.18 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE MEDICINA, DE CIRUGIA,
DE ODONTOLOGIA O DE VETERINARIA, INCLUIDOS LOS DE
ESCINTIGRAFIA Y DEMAS APARATOS ELECTROMEDICOS, ASI COMO LOS
APARATOS PARA PRUEBAS VISUALES.
- Aparatos de electrodiagnóstico (incluidos
los
aparatos de exploración funcional o de vigilancia de
parámetros fisiológicos):
9018.11 - - Electrocardiógrafos.
9018.11.01 Electrocardiógrafos. 10 A A
9018.11.02 Circuitos modulares. 10 A A
9018.11.99 Los demás 10 A A
9018.19 - - Los demás.
9018.19.01 Tonógrafos, rectinógrafos o tonómetros.
10
A A
9018.19.02 Electroencefalógrafos. 10 A A
9018.19.03 Estetoscopios electrónicos. 10 A
A
9018.19.04 Aparatos de diatermia de onda corta. 10
A A
9018.19.05 Equipo de ultrasonido. 15 A A
9018.19.06 Audiómetros. 10 A A
9018.19.07 Cardioscopios. 10 A A
9018.19.08 De radiodiagnóstico a base de rayos
gamma. 10 A A
9018.19.09 Incubadoras para niños, partes y
accesorios. 15 A A
9018.19.10 Aparatos de electrocirugía. 10 A
A
9018.19.11 Dermátomos. 10 A A
9018.19.12 Desfibriladores o resucitadores para
cardiología. 10 A A
9018.19.13 Electroeyaculadores, partes y accesorios.
10 A A
9018.19.14 Dializadores de sangre para riñón
artificial, desechables. 10 A A
9018.19.15 Electrodos desechables y/o
prehumedecidos, para los aparatos
electromédicos. 10 A A
9018.19.16 Sistemas de monitoreo de pacientes. 10
A A
9018.19.17 Circuitos modulares para módulos de
parámetros. 10 A A
9018.19.99 Los demás. 10 A A
9018.20 - Aparatos de rayos ultravioleta o infrarrojos.
9018.20.01 Aparatos de rayos ultravioleta o
infrarrojos. 10 A A
- Jeringas, agujas, catéteres, cánulas
e
instrumentos similares:
9018.31 - - Jeringas, incluso con agujas.
9018.31.01 De vidrio o de plástico, con capacidad
hasta 30 ml. 15 B B
9018.31.02 Embolos y cilindros para jeringas
desechables. 10 B B
9018.31.99 Los demás. 10 B B
9018.32 - - Agujas tubulares de metal y agujas de sutura.
9018.32.01 Para raquia, lavado de oídos y para ojos.
15 A A
9018.32.02 Para sutura o ligadura. 10 B B
9018.32.99 Los demás. 15 B B
9018.39 - - Los demás.
9018.39.01 Catéteres intravenosos, para diálisis
peritoneal, para anestesia o para
embolectomía. 15 B B
9018.39.02 Catéteres inyectores para
inseminación artificial. 15 A A
9018.39.03 Cánulas. 20 B B
9018.39.04 Sondas vaginales, rectales,
uretrales, bucofaríngeas y epidulares. 20 A
A
9018.39.05 Equipos de plástico, incluso con partes
de
metal común para la toma
y aplicación de soluciones inyectables. 15
B
B
9018.39.99 Los demás. 10 B B
- Los demás instrumentos y aparatos de odontología:
9018.41 - - Tornos dentales, incluso combinados con otros
equipos dentales sobre un basamento común.
9018.41.01 Tornos para dentista (transmisión flexible
y colgante) eléctricos, con
velocidad de hasta 30,000 r.p.m. 15 A A
9018.41.99 Los demás. 10 A A
9018.49 - - Los demás.
9018.49.01 Equipos dentales sobre pedestal. 15 A
A
9018.49.02 Espéculos bucales. 10 A A
9018.49.03 Aparatos de turbina para odontología (pieza
de mano), con velocidad igual
o superior a 230,000 r.p.m. 15 A A
9018.49.04 Fresas para odontología. 10 A A
9018.49.05 Pinzas para la extracción de piezas
dentales "Daviers". 10 A A
9018.49.06 Pinzas gubia, sacabocado y hemostáticas,
para cirugía, pinzas
para biopsia. 10 A A
9018.49.07 Otros instrumentos o aparatos para
odontología, excepto los tornos o fresas. 15
A
A
9018.50 - Los demás instrumentos y aparatos de
oftalmología.
9018.50.01 Los demás instrumentos y aparatos
de oftalmología. 10 A A
9018.90 - Los demás instrumentos y aparatos.
9018.90.01 Espejos. 10 A A
9018.90.02 Tijeras. 15 A A
9018.90.03 Aparatos para medir la presión arterial.
15 B B
9018.90.04 Aparatos para anestesia. 15 A A
9018.90.05 Equipos para derivación ventricular con
reservorio para líquido cefalorraquideo. 15
B
B
9018.90.06 Estuches de cirugía o disección.
15 A
A
9018.90.07 Bisturíes y lancetas. 15 B B
9018.90.08 Valvas, portaagujas y escoplos para
cirugía. 10 A A
9018.90.09 Separadores para cirugía. 15 B
B
9018.90.10 Pinzas tipo disección para cirugía.
15
A A
9018.90.11 Pinzas para descornar. 10 A A
9018.90.12 Pinzas, excepto lo comprendido en
las fracciones 9018.90.10 y 11. 15 B B
9018.90.13 Castradores de seguridad. 10 A A
9018.90.14 Aparatos de succión, excepto lo
comprendido en la fracción 9018.90.15. 20 A
A
9018.90.15 Bombas de aspiración pleural. 10 B
B
9018.90.16 Espátulas del tipo de abatelenguas.
15
A A
9018.90.17 Dispositivos intrauterinos
anticonceptivos. 15 A A
9018.90.18 Esbozos de hojas de bisturí. 10 B
B
9018.90.19 Estetoscopios. 20 B B
9018.90.20 Aparatos de actinoterapia. 10 A A
9018.90.21 Partes y accesorios para tijeras,
pinzas o cizallas. 10 A A
9018.90.22 Partes y accesorios de aparatos para
anestesia. 10 A A
9018.90.23 Partes, piezas sueltas y accesorios para
lo comprendido en la fracción
9018.90.17. 10 A A
9018.90.24 Material de sutura quirúrgica, constituido
por aguja provista de hilo (catgut u otras ligaduras, con
diámetro igual o superior a 0.10 milímetros sin
exceder de
0.80 milímetros) esterilizado, presentado en sobres
herméticamente cerrados, excepto a base de polímeros
del
ácido glicólico y/o ácido láctico.
10 B B
9018.90.25 Desfibriladores. 10 B B
9018.90.26 Circuitos modulares reconocibles como
concebidos exclusivamente para lo
comprendido en la fracción 9018.90.25. 10 B
B
9018.90.99 Los demás. 10 B B
90.19 APARATOS DE MECANOTERAPIA, APARATOS PARA MASAJES;
APARATOS DE SICOTECNIA; APARATOS DE OZONOTERAPIA, DE
OXIGENOTERAPIA, Y DE AEROSOLTERAPIA, APARATOS RESPIRATORIOS
DE REANIMACION Y DEMAS APARATOS DE TERAPIA RESPIRATORIA.
9019.10 - Aparatos de mecanoterapia; aparatos para
masajes; aparatos de sicotecnia.
9019.10.01 Aparatos de hidroterapia o
mecanoterapia. 10 A A
9019.10.02 Aparatos de masaje, eléctricos. 15
A
A
9019.10.03 Partes y accesorios. 10 A A
9019.10.99 Los demás. 10 A A
9019.20 - Aparatos de ozonoterapia, de oxigenoterapia, de
aerosolterapia, aparatos respiratorios de reanimación
y demás aparatos de terapia respiratoria.
9019.20.01 Aparatos de ozonoterapia, de oxigenoterapia,
de aerosolterapia, aparatos respiratorios de reanimación
y
demás aparatos de terapia
respiratoria. 10 A A
90.20 LOS DEMAS APARATOS RESPIRATORIOS Y MASCARAS
ANTIGUAS, CON EXCLUSION DE LAS MASCARAS DE PROTECCION SIN
MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE.
9020.00 Los demás aparatos respiratorios y mascaras
antigás, con exclusión de las máscaras
de protección
sin mecanismo ni elemento filtrante amovible.
9020.00.01 Mascaras antigás. 10 A A
9020.00.02 Caretas protectoras. 15 A A
9020.00.03 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9020.00.04 Partes y accesorios. 10 A A
9020.00.05 Equipo de buceo. 15 A A
9020.00.99 Los demás. 10 A A
90.21 ARTICULOS Y APARATOS DE ORTOPEDIA, INCLUIDAS LAS
FAJAS Y BANDAS MEDICO QUIRURGICAS Y LAS MULETAS; TABLILLAS,
FERULAS POSTERIORES Y DEMAS ARTICULOS Y APARATOS PARA
FRACTURAS; ARTICULOS Y APARATOS DE PROTESIS; AUDIFONOS Y
DEMAS APARATOS QUE LLEVAR LA PROPIA PERSONA O SE LE
IMPLANTEN PARA COMPENSAR UN DEFECTO O UNA INCAPACIDAD.
- Prótesis articulares y demás aparatos de
ortopedia o
para fracturas:
9021.11 - Prótesis articulares.
9021.11.01 Prótesis articulares. 10 A A
9021.19 - - Los demás.
9021.19.01 Corsés, fajas o bragueros. 10 A
A
9021.19.02 Calzado ortopédico. 10 A A
9021.19.03 Soportes de arco (prótesis ortopédicas),
de acero inoxidable. 10 A A
9021.19.04 Aparatos para tracción de fractura.
10
A A
9021.19.05 Clavos, tornillos, placas o grapas. 10
A A
9021.19.99 Los demás. 10 A A
- Artículos y aparatos de prótesis dental:
9021.21 - - Dientes artificiales.
9021.21.01 De acrílico o de porcelana. 10 A
A
9021.21.99 Los demás. 10 A A
9021.29 - - Los demás.
9021.29.99 Los demás. 10 A A
9021.30 - Los demás artículos y aparatos de prótesis.
9021.30.01 Ojos artificiales. 10 A A
9021.30.02 Prótesis de arterias y venas. 10 A
A
9021.30.03 Forjas brutas, de prótesis, sin
ningún maquinado. 10 A A
9021.30.04 Manos o pies artificiales. 10 A A
9021.30.99 Los demás. 10 A A
9021.40 - Audífonos, con exclusión de las
partes
y accesorios.
9021.40.01 Audífonos, con exclusión de las
partes y accesorios. 10 A A
9021.50 - Estimuladores cardiacos, con exclusión
de
las partes y accesorios.
9021.50.01 Estimuladores cardiacos, con exclusión
de las partes y accesorios. 10 A A
9021.90 - Los demás.
9021.90.01 Partes y accesorios para calzado
ortopédico. 10 A A
9021.90.99 Los demás. 10 A A
90.22 APARATOS DE RAYOS X Y APARATOS QUE UTILICEN LAS
RADIACIONES ALFA, BETA O GAMA, INCLUSO PARA USO MEDICO,
QUIRURGICO, ODONTOLOGICO O VETERINARIO, INCLUIDOS LOS
APARATOS DE RADIOGRAFIA O RADIOTERAPIA, TUBOS DE RAYOS X Y
DEMAS DISPOSITIVOS GENERADORES DE RAYOS X, GENERADORES DE
TENSION, PUPITRES DE MANDO, PANTALLAS, MESAS, SILLONES Y
SOPORTES SIMILARES PARA EXAMEN O PARA TRATAMIENTO.
- Aparatos de rayos X, incluso para uso médico,
quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos
los
aparatos de radiografía o de radioterapia:
9022.11 - - Para uso médico, quirúrgico, odontológico
o veterinario.
9022.11.01 Que contenga alguna de las siguientes
características: a) generador de rayos X con capacidad
igual
o mayor a 50 kV, y mayor o igual a 500 miliamperes por
segundo, b) intensificador de imagen con diámetro mayor
a
22.86 cm. (9 pulgadas), o c) mesa de rayos X con tamaño
de
casete variable y un ángulo
mayor a 90 grados sobre 15 grados. 10 A A
9022.11.99 Los demás. 10 C C
9022.19 - - Para otros usos.
9022.19.99 Para otros usos. 10 A A
- Aparatos que utilicen las radiaciones alfa, beta o
gama, incluso para uso médico, quirúrgico,
odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de
radiografía o de radioterapia:
9022.21 - - Para uso médico, quirúrgico, odontológico
o
veterinario.
9022.21.01 Bombas de cobalto. 10 A A
9022.21.99 Los demás. 10 A A
9022.29 - - Para otros usos.
9022.29.01 Calibradores beta para medir el
espesor de materiales. 10 A A
9022.29.99 Los demás. 10 A A
9022.30 - Tubos de rayos X.
9022.30.01 Tubos de rayos X. 10 A A
9022.90 - Los demás, incluidas las partes y accesorios.
9022.90.01 Fluoroscopios verticales de 30
miliamperes y 80 kilovatios. 10 A A
9022.90.02 Aparatos de rayos X, para usos
industriales. 10 A A
9022.90.03 Partes y accesorios para aparatos de
rayos X. 10 A A
9022.90.04 Unidades generadores de radiación. 10
A
A
9022.90.05 Cañones para emisión de radiación.
10 A
A
9022.90.99 Los demás. 10 A A
90.23 INSTRUMENTOS, APARATOS Y MODELOS, PROYECTADOS PARA
DEMOSTRACIONES (POR EJEMPLO: EN LA ENSEÑANZA O
EXPOSICIONES), QUE NO SEAN SUSCEPTIBLES DE OTROS USOS.
9023.00 Instrumentos, aparatos y modelos, proyectados
para demostraciones (por ejemplo: en la enseñanza
o en exposiciones), que no sean susceptibles de otros
usos.
9023.00.01 Modelos a escala de plantas industriales,
no susceptibles de realizar parcial o totalmente la
función de la
planta industrial que reproduce. 10 A A
9023.00.99 Los demás. 10 A A
90.24 MAQUINAS Y APARATOS PARA ENSAYOS DE DUREZA, DE
TRACCION, DE COMPRESION, DE ELASTICIDAD O DE OTRAS
PROPIEDADES MECANICAS DE LOS MATERIALES (POR EJEMPLO:
METALES, MADERA, TEXTILES, PAPEL, PLASTICO).
9024.10 - Máquinas y aparatos para ensayos de metales.
9024.10.01 Aparatos ultrasónicos para descubrir
defectos internos en materiales. 10 A A
9024.10.02 Máquinas detectoras de fallas en
materiales magnéticos, mediante aplicaciones de corriente
y/o campo
magnético. 10 A A
9024.10.99 Los demás. 10 A A
9024.80 - Las demás máquinas y aparatos.
9024.80.99 Las demás máquinas y aparatos.
10 A
A
9024.90 - Partes y accesorios.
9024.90.01 Partes y accesorios. 10 A A
90.25 DENSIMETROS, AEROMETROS, PESALIQUIDOS E
INSTRUMENTOS FLOTANTES SIMILARES, TERMOMETROS, PIROMETROS,
BAROMETROS, HIGROMETROS Y SICROMETROS, AUNQUE SEAN
REGISTRADORES, INCLUSO COMBINADOS ENTRE SI
- Termómetros y pirómetros, sin combinar con
otros
instrumentos.
9025.11 - - De líquido con lectura directa.
9025.11.01 Esbozos para la elaboración de Termómetros
de
vidrio, sin graduación,
con o sin vacío, con o sin mercurio. 10 A
A
9025.11.99 Los demás. 20 A A
9025.19 - - Los demás.
9025.19.01 De vehículos automóviles. 15
B B
9025.19.02 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9025.19.03 Electrónicos, excepto lo comprendido
en las fracciones 9025.19.01 y 02. 10 B B
9025.19.99 Los demás. 20 C C
9025.20 - Barómetros, sin combinar con otros instrumentos.
9025.20.01 Barómetros, sin combinar con otros
instrumentos. 10 A A
9025.80 - Los demás instrumentos.
9025.80.01 Aerómetros y densímetros. 20
C C
9025.80.02 Higrómetros. 10 A A
9025.80.03 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9025.80.04 Pirómetros. 15 A A
9025.80.99 Los demás. 10 A A
9025.90 - Partes y accesorios.
9025.90.01 Reconocibles como concebidas
exclusivamente para lo comprendido
en la fracción 9025.19.01. 10 B B
9025.90.02 Reconocibles como concebidas
exclusivamente para lo comprendido
en la fracción 9025.19.03. 10 B B
9025.90.99 Los demás. 10 B B
90.26 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA LA MEDIDA O EL
CONTROL DEL CAUDAL, DEL NIVEL, DE LA PRESION O DE OTRAS
CARACTERISTICAS VARIABLES DE LOS LIQUIDOS O DE LOS GASES
(POR EJEMPLO: CAUDALIMETROS, INDICADORES DE NIVEL,
MANOMETROS, CONTADORES DE CALOR), CON EXCLUSION DE LOS
INSTRUMENTOS Y APARATOS DE LAS PARTIDAS 90.14, 90.15, 90.28
O 90.32.
9026.10 - Para la medida o el control del caudal o del
nivel de los líquidos.
9026.10.01 Controles de nivel de agua para
máquinas de lavar ropa. 10 C C
9026.10.02 Medidores de combustible, de
vehículos automóviles. 15 B B
9026.10.03 Medidores de flujo. 15 B B
9026.10.04 Indicadores de nivel tipo flotador, excepto
lo comprendido en la fracción
9026.10.02. 10 C C
9026.10.05 Reconocibles para naves aéreas. 10
C
C
9026.10.06 Niveles reconocibles como concebidos
exclusivamente para máquinas de vapor. 10 C
C
9026.10.99 Los demás. 15 B B
9026.20 - Para la medida o el control de la presión.
9026.20.01 Manómetros, vacuómetros o
manovacuómetros, excepto lo comprendido en las
fracciones
9026.20.02 y 06. 15 C C
9026.20.02 Manómetros, vacuómetros o manovacuómetros
con rango de medición igual o inferior a 700 Kg/cm2
con
elemento de detección de tubo y diámetro de carátula
igual
o inferior a
305 mm., excepto de uso automotriz. 20 A A
9026.20.03 Reguladores medidores de la presión de
aire
a inyectar en neumáticos de vehículos, incluso
con
distribuidores de
agua. 20 A A
9026.20.04 Reguladores de presión, acoplados a
válvulas o Manómetros. 20 C C
9026.20.05 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9026.20.06 Manómetros, de funcionamiento
eléctrico o electrónico. 10 A A
9026.20.99 Los demás. 15 A A
9026.80 - Los demás instrumentos y aparatos.
9026.80.01 Medidores de flujo de gases. 15 A A
9026.80.02 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9026.80.99 Los demás. 15 A A
9026.90 - Partes y accesorios.
9026.90.01 Reconocibles para lo comprendido en
la fracción 9026.10.02. 10 A A
9026.90.99 Los demás. 10 A A
90.27 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA ANALISIS FISICOS O
QUIMICOS (POR EJEMPLO: POLARIMETROS, REFRACTOMETROS,
ESPECTROMETROS O ANALIZADORES DE GASES O DE HUMOS);
INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA ENSAYOS DE VISCOSIDAD, DE
POROSIDAD, DE DILATACION, DE TENSION SUPERFICIAL O SIMILAR O
PARA MEDIDAS CALORIMETRICAS, ACUSTICAS O FOTOMETRICAS
(INCLUIDOS LOS EXPOSIMETROS); MICROTOMOS.
9027.10 - Analizadores de gases o de humos.
9027.10.01 Analizadores de gases o de humos. 10 A
A
9027.20 - Cromatógrafos y aparatos de electrofóresis.
9027.20.01 Aparatos para cromatografía de gases.
10
A A
9027.20.02 Aparatos para análisis electroforético.
10
A A
9027.20.99 Los demás. 10 A A
9027.30 - Espectrómetros, espectrofotómetros y
espectrógrafos que utilicen radiaciones ópticas
(U V,
visible, IR).
9027.30.01 Espectrómetros. 10 A A
9027.30.02 Espectrofotómetros. 10 A A
9027.30.99 Los demás. 10 A A
9027.40 - Exposímetros.
9027.40.01 Exposímetros. 10 A A
9027.50 - Los demás instrumentos y aparatos que
utilicen radiaciones ópticas (U V visibles, IR).
9027.50.01 VU-metros, indicadores, no digitales,
para montarse en tableros. 10 A A
9027.50.02 Fluorímetros. 10 A A
9027.50.99 Los demás. 10 A A
9027.80 - Los demás instrumentos y aparatos.
9027.80.01 Los demás instrumentos y aparatos, excepto
lo
comprendido en la fracción 9027.80.02. 10 A
A
9027.80.02 Fotómetros. 10 A A
9027.80.08 Instrumentos nucleares de resonancia
magnética. 10 A A
9027.90 - Micrótomos; partes y accesorios.
9027.90.01 Columnas de análisis para
cromatógrafos de gases. 10 A A
9027.90.02 Micrótomos. 10 A A
9027.90.04 Circuitos modulares reconocibles como
concebidos exclusivamente
para lo comprendido en la subpartida
9027.80. 10 A A
9027.90.99 Los demás. 10 A A
90.28 CONTADORES DE GASES, DE LIQUIDOS O DE
ELECTRICIDAD, INCLUIDOS LOS CONTADORES PARA SU CALIBRACION.
9028.10 - Contadores de gases.
9028.10.01 Contadores de gases. 10 B B
9028.20 - Contadores de líquidos.
9028.20.01 Contadores de agua. 20 C C
9028.20.02 Contadores volumétricos
automáticos, para medir cerveza. 20 C C
9028.20.99 Los demás. 10 B B
9028.30 - Contadores de electricidad.
9028.30.01 Vatihorímetros. 15 C C
9028.30.99 Los demás. 10 C C
9028.90 - Partes y accesorios.
9028.90.01 Para vatihorímetros. 10 C C
9028.90.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente
para lo comprendido
en la fracción 9028.20.01. 10 C C
9028.90.99 Los demás. 10 B B
90.29 LOS DEMAS CONTADORES (POR EJEMPLO:
CUENTARREVOLUCIONES, CONTADORES DE PRODUCCION, TAXIMETROS,
CUENTAKILOMETROS, PODOMETROS); VELOCIMETROS Y TACOMETROS,
EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS 90.14 O 90.15; ESTROBOSCOPIOS.
9029.10 - Cuentarrevoluciones, contadores de
producción, taxímetros, cuentakilómetros,
podómetros
y contadores similares.
9029.10.01 Taxímetros mecánicos. 15 B
B
9029.10.02 Cuentarrevoluciones, aun cuando
sean cuenta horas de trabajo. 15 B B
9029.10.03 Taxímetros electrónicos o
electromecánicos. 20 B B
9029.10.04 Reconocibles para naves aéreas. 10
B
B
9029.10.99 Los demás. 10 B B
9029.20 - Velocímetros y tacómetros; estroboscopios.
9029.20.01 Velocímetros, incluso provistos
de cuentakilómetros. 15 B B
9029.20.02 Tacógrafos electromecánicos con
reloj
de cuarzo, registrador e indicador de velocidad, recorrido,
tiempo de marcha y parada, y/o revoluciones del motor de
un vehículo. 10 B B
9029.20.03 Tacómetros, excepto lo
comprendido en la fracción 9029.20.04. 10 B
B
9029.20.04 Tacómetros electrónicos digitales
para uso automotriz. 15 B B
9029.20.05 Reconocibles para naves aéreas. 10
B
B
9029.20.06 Estroboscopios. 10 B B
9029.90 - Partes y accesorios.
9029.90.01 Reconocibles para lo comprendido en
la fracción 9029.20.01. 10 B B
9029.90.99 Los demás. 10 B B
90.30 OSCILOSCOPIOS, ANALIZADORES DE ESPECTRO Y DEMAS
INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA LA MEDIDA O LA COMPROBACION DE
MAGNITUDES ELECTRICAS; INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA LA
MEDIDA O LA DETECCION DE RADIACIONES ALFA, BETA, GAMA, X,
COSMICAS Y DEMAS RADIACIONES IONIZANTES.
9030.10 - Instrumentos y aparatos para la medida o la
detección de radiaciones ionizantes.
9030.10.01 Instrumentos y aparatos para la medida
o la detección de radiaciones
ionizantes. 10 A A
9030.20 - Osciloscopios y oscilógrafos catódicos.
9030.20.01 Osciloscopios de dos canales y ancho
de banda inferior o igual a 20 MHz. 15 A A
9030.20.99 Los demás. 10 A A
- Los demás instrumentos y aparatos para la medida
o la
comprobación de la tensión, de la intensidad, de
la
resistencia, la potencia, sin dispositivo registrador:
9030.31 - - Multímetros.
9030.31.01 Multímetros. 15 C C
9030.39 - - Los demás.
9030.39.01 Voltímetros, indicadores, no digitales,
para montarse en tableros. 15 C C
9030.39.02 Ohmímetros. 15 A A
9030.39.03 Vatímetros, indicadores, no digitales,
para montarse en tableros. 15 C C
9030.39.04 Amperímetros, indicadores, no
digitales, para montarse en tableros. 15 C C
9030.39.05 Amperímetros tipo portátil,
excepto
los destinados a ser montados en
tableros. 10 A A
9030.39.06 Vármetros, indicadores, no digitales,
para montarse en tableros. 15 C C
9030.39.07 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9030.39.99 Los demás. 10 A A
9030.40 - Los demás instrumentos y aparatos,
especialmente proyectados para las técnicas de
telecomunicación (por ejemplo: hipsómetros,
kerdómetros, distorsiómetros, sofómetros).
9030.40.01 Sistema integral de monitoreo y
diagnóstico, para componentes de
sistemas de teleproceso. 15 A A
9030.40.99 Los demás. 10 A A
- Los demás instrumentos y aparatos:
9030.81 - - Con dispositivo registrador.
9030.81.01 Con dispositivo registrador. 15 A A
9030.89 - - Los demás.
9030.89.01 Frecuencímetros, indicadores no
digitales, para montarse en tableros. 15 C C
9030.89.02 Frecuencímetros, excepto lo
comprendido en la fracción 9030.89.01. 10 A
A
9030.89.03 Fasímetros (factorímetros), indicado-
res, no digitales, para montarse en tableros. 15
C C
9030.89.04 Fasímetros (factorímetros),
excepto
lo comprendido en la fracción
9030.89.03. 10 A A
9030.89.05 Puentes de inductancia, de
impedancia, de capacidad, o de resistencia. 10 A
A
9030.89.06 Medidores de factor Q. 10 A A
9030.89.07 Probadores de bulbos. 10 A A
9030.89.08 Probadores de baterías. 15 C C
9030.89.09 Probadores de transistores o
semiconductores. 10 A A
9030.89.99 Los demás. 10 A A
9030.90 - Partes y accesorios.
9030.90.01 Reconocibles para lo comprendido en las
fracciones 9030.39.01, 04 y
9030.89.08. 10 C C
9030.90.02 Circuitos modulares. 10 B B
9030.90.99 Los demás. 10 B B
90.31 INSTRUMENTOS, APARATOS Y MAQUINAS DE MEDIDA O DE
CONTROL, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE
CAPITULO; PROYECTORES DE PERFILES.
9031.10 - Máquinas para equilibrar piezas mecánicas.
9031.10.01 Probadores de inducidos o rotores. 10 A
A
9031.10.99 Los demás. 10 A A
9031.20 - Bancos de pruebas.
9031.20.01 Para motores de explosión o de
combustión interna. 10 A A
9031.20.02 Para tubos catódicos de aparatos
receptores de televisión. 10 C C
9031.20.03 Mesas para calibración y contraste
de medidores de energía eléctrica. 10 A
A
9031.20.99 Los demás. 10 A A
9031.30 - Proyectores de perfiles.
9031.30.01 Proyectores de perfiles. 15 A A
9031.40 - Los demás instrumentos y aparatos, ópticos.
9031.40.01 Focómetros o lensómetros. 10
A A
9031.40.02 Instrumentos de medición de
coordenadas. 10 A A
9031.40.99 Los demás. 10 A A
9031.80 - Los demás instrumentos, aparatos y máquinas.
9031.80.01 Controles fotoeléctricos. 15 A
A
9031.80.02 Para verificar la alineación, equilibrio
o balanceo de neumáticos o ruedas. 20 A A
9031.80.03 Para descubrir fallas. 10 A A
9031.80.04 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9031.80.05 Para probar cabezas, memorias u
otros componentes electrónicos de
máquinas computadoras. 10 A A
9031.80.99 Los demás. 10 A A
9031.90 - Partes y accesorios.
9031.90.01 Reconocibles para lo comprendido en
la fracción 9031.80.02. 15 A A
9031.90.02 Bases y armazones reconocibles como
concebidos exclusivamente
para lo comprendido en la fracción
9031.40.02. 10 A A
9031.90.99 Los demás. 10 A A
90.32 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA LA REGULACION O
EL CONTROL, AUTOMATICOS.
9032.10 - Termostatos.
9032.10.01 Para refrigeradores. 15 A A
9032.10.02 Automáticos para el control de la
temperatura del aire, con dispositivos
de seguridad para fallas de flama. 10 C C
9032.10.03 Automáticos para el control de la
temperatura del agua, con
dispositivos de seguridad para fallas de
flama. 20 C C
9032.10.04 Para cocinas. 15 C C
9032.10.05 Para estufas y caloríficos. 15 C
C
9032.10.06 Reconocibles para naves aéreas. 10
C
C
9032.10.99 Los demás. 10 C C
9032.20 - Manostatos (presostatos).
9032.20.01 Manostatos (presostatos). 20 B B
- Los demás instrumentos y aparatos:
9032.81 - - Hidráulicos o neumáticos.
9032.81.01 Reguladores Automáticos de humedad.
10
B B
9032.81.02 Reconocibles para naves aéreas. 10
B
B
9032.81.03 Reguladores de los distribuidores de
motores de explosión (distribuscopios). 15 B
B
9032.81.99 Los demás. 10 B B
9032.89 - - Los demás.
9032.89.01 Reconocibles para naves aéreas. 10
A
A
9032.89.02 Analizadores electrónicos de encendido.
10
C C
9032.89.03 Reguladores tipo inducción, excepto
lo comprendido en la fracción
9032.89.07. 20 C C
9032.89.04 Reguladores para operar sobre
grupos generadores rotativos. 10 A A
9032.89.05 Aparatos controladores de flama,
reconocibles para calderas y hornos con capacidad inferior
o igual a 100
caballos de fuerza. 15 C C
9032.89.06 Equipo descongelador automático
para refrigeradores, con acoplamiento de circuitos
auxiliares termoeléctricos
o electromecánicos. 10 C C
9032.89.07 Reguladores Automáticos de voltaje,
para uso domestico. 20 C C
9032.89.08 Reguladores electrónicos de velocidad,
para motores de corriente
continua, giradiscos, grabadoras y tocacintas. 15
C C
9032.89.99 Los demás. 10 C C
9032.90 - Partes y accesorios.
9032.90.01 Termopares, reconocibles como concebidos
exclusiva o principalmente para los termostatos
de las fracciones
9032.10.02 y 03. 10 B B
9032.90.02 Diafragmas de acero inoxidable con copa
y conexión inferior, reconocibles como concebidos
exclusivamente para los termostatos
de la subpartida 9032.10. 10 C C
9032.90.03 Quemadores de piloto, reconocibles
como concebidos exclusivamente para termostatos de
las fracciones 9032.10.02 y 03. 10 C C
9032.90.04 Cartuchos desechables, cuando
contenga un par termoeléctrico. 10 C C
9032.90.99 Los demás. 10 C C
90.33 PARTES Y ACCESORIOS , NO EXPRESADOS NI
COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPITULO, PARA
MAQUINAS, APARATOS, INSTRUMENTOS O ARTICULOS DEL CAPITULO
90.
9033.00 Partes y accesorios, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este capítulo.
9033.00.01 Partes y accesorios, no expresados ni
comprendidos en otra parte de este
capítulo. 10 A A
91.01 RELOJES DE PULSERA, DE BOLSILLO Y RELOJES
SIMILARES (INCLUIDOS LOS CONTADORES DE TIEMPO DE LOS
MISMOS TIPOS), CON CAJA DE METALES PRECIOSOS O DE CHAPADOS
DE METALES PRECIOSOS.
- Relojes de pulsera, de pilas o de acumulador,
incluso con contador de tiempo incorporado:
9101.11 - - Con indicador mecánico solamente.
9101.11.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 20 C C
9101.11.99 Los demás. 20 C C
9101.12 - - Con indicador optoelectrónico solamente.
9101.12.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 20 A A
9101.12.99 Los demás. 20 A A
9101.19 - - Los demás.
9101.19.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 20 B B
9101.19.99 Los demás. 20 B B
- Los demás relojes de pulsera, incluso con contador
de
tiempo incorporado:
9101.21 - - Automáticos.
9101.21.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 20 A A
9101.21.99 Los demás. 20 A A
9101.29 - - Los demás.
9101.29.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 20 A A
9101.29.99 Los demás. 20 A A
- Los demás:
9101.91 - - De pilas o de acumulador.
9101.91.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 20 A A
9101.91.99 Los demás. 20 A A
9101.99 - - Los demás.
9101.99.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 20 A A
9101.99.99 Los demás. 20 A A
91.02 RELOJES DE PULSERA, DE BOLSILLO Y RELOJES
SIMILARES (INCLUIDOS LOS CONTADORES DE TIEMPO DE LOS
MISMOS TIPOS), EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 91.01.
- Relojes de pulsera, de pilas o de acumulador,
incluso con contador de tiempo incorporado:
9102.11 - - Con indicador mecánico solamente.
9102.11.01 Con caja de metales comunes. 20 C C
9102.11.02 Con caja de metales comunes, aun cuando estén
platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos y se presenten con
pulseras o de chapados de metales
preciosos. 20 C C
9102.11.03 Con cajas de metales comunes, aun cuando
estén platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos. 20 C C
9102.11.99 Los demás. 20 C C
9102.12 - - Con indicador optoelectrónico solamente.
9102.12.01 Con caja de metales comunes. 20 A A
9102.12.02 Con caja de metales comunes, aun cuando estén
platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos y se presenten con
pulseras o de chapados de metales
preciosos. 20 A A
9102.12.03 Con cajas de metales comunes, aun cuando
estén platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos. 20 A A
9102.12.99 Los demás. 20 A A
9102.19 - - Los demás.
9102.19.01 Con caja de metales comunes. 20 B B
9102.19.02 Con caja de metales comunes, aun cuando estén
platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos y se presenten con
pulseras o de chapados de metales
preciosos. 20 B B
9102.19.03 Con cajas de metales comunes, aun cuando
estén platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos. 20 B B
9102.19.99 Los demás. 20 B B
- Los demás relojes de pulsera, incluso con contador
de
tiempo incorporado:
9102.21 - - Automáticos.
9102.21.01 Con caja de metales comunes. 20 A A
9102.21.02 Con caja de metales comunes, aun cuando estén
platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos y se presenten con
pulseras o de chapados de metales
preciosos. 20 A A
9102.21.03 Con cajas de metales comunes, aun cuando
estén platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos. 20 A A
9102.21.99 Los demás. 20 A A
9102.29 - - Los demás.
9102.29.01 Con caja de metales comunes. 20 A A
9102.29.02 Con caja de metales comunes, aun cuando estén
platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos y se presenten con
pulseras o de chapados de metales
preciosos. 20 A A
9102.29.03 Con cajas de metales comunes, aun cuando
estén platinados, dorados, plateados o chapados de metales
preciosos. 20 A A
9102.29.99 Los demás. 20 A A
- Los demás.
9102.91 - - De pilas o de acumulador.
9102.91.01 Con caja de metales comunes. 20 C C
9102.91.99 Los demás. 20 C C
9102.99 - - Los demás.
9102.99.01 Con caja de metales comunes. 20 A A
9102.99.02 Con cajas de otras materias, incluso con
partes de metal común, aun cuando estén platinados,
dorados,
plateados o
se presenten con pulsera de metales comunes. 20 A
A
9102.99.99 Los demás. 20 A A
91.03 DESPERTADORES Y DEMAS RELOJES DE PEQUEÑOS
MECANISMOS.
9103.10 - De pilas o de acumulador.
9103.10.01 De pilas o de acumulador. 20 A A
9103.90 - Los demás.
9103.90.99 Los demás. 20 A A
91.04 RELOJES DE TABLERO DE INSTRUMENTOS Y RELOJES
SIMILARES PARA AUTOMOVILES, AERONAVES, BARCOS U OTROS
VEHICULOS.
9104.00 Relojes de tablero de instrumentos y relojes
similares para automóviles, aeronaves, barcos u otros
vehículos.
9104.00.01 Reconocibles para naves aéreas. 10
B
B
9104.00.02 Electrónicos, para uso automotriz. 15
B
B
9104.00.03 De tablero, de bordo o similares, para
automóviles, barcos y demás vehículos, excepto
lo
comprendido en las
fracciones 9104.00.01 y 02. 10 B B
9104.00.99 Los demás. 10 B B
91.05 LOS DEMAS APARATOS DE RELOJERIA, EXCEPTO LOS DE
PEQUEÑOS MECANISMOS.
- Despertadores:
9105.11 - - De pilas, de acumulador o que funcionen por
conexión a la red eléctrica.
9105.11.01 De mesa. 20 A A
9105.11.99 Los demás. 20 A A
9105.19 - - Los demás.
9105.19.99 Los demás. 20 A A
- Relojes de pared, incluidos los de péndulo:
9105.21 - - De pilas, de acumulador o que funciones por
conexión a la red eléctrica.
9105.21.01 De pilas, de acumulador o que funcionan
por conexión a la red eléctrica. 20 A
A
9105.29 - - Los demás.
9105.29.99 Los demás. 20 A A
- Los demás.
9105.91 - - De pilas, de acumulador o que funcionen por
conexión a la red eléctrica.
9105.91.01 Relojes maestros y cronómetros de
marina y similares. 10 A A
9105.91.99 Los demás. 20 A A
9105.99 - - Los demás.
9105.99.01 Relojes maestros y cronómetros de
marina y similares. 10 A A
9105.99.99 Los demás. 20 A A
91.06 APARATOS DE CONTROL DE TIEMPO Y CONTADORES
DE TIEMPO, CON MECANISMO DE RELOJERIA O CON MOTOR SINCRONICO
(POR EJEMPLO: REGISTRADORES DE ASISTENCIA, RELOJES
FECHADORES, INCLUIDOS LOS CONTADORES).
9106.10 - Registradores de asistencia; relojes fechadores,
incluidos los contadores.
9106.10.01 Registradores de asistencia. 15 A A
9106.10.02 Contadores de minutos y/o segundos. 10
A A
9106.10.03 Contadores de tiempo (minutos), con o
sin reloj incorporado, reconocibles
como concebidos exclusivamente para
cocinas. 15 A A
9106.10.99 Los demás. 15 A A
9106.20 - Parquímetros.
9106.20.01 Parquímetros. 15 A A
9106.90 - Los demás.
9106.90.01 Controladores de ronda. 15 A A
9106.90.99 Los demás. 15 A A
91.07 INTERRUPTORES HORARIOS Y DEMAS APARATOS QUE
PERMITAN ACCIONAR UN DISPOSITIVO EN UN MOMENTO DADO, CON
MECANISMO DE APARATOS DE RELOJERIA O CON MOTOR SINCRONICO.
9107.00 Interruptores horarios y demás aparatos
que
permitan accionar un dispositivo en un momento dado; con
mecanismos de relojería o con motor sincrónicos.
9107.00.01 Interruptores horarios, excepto lo
comprendido en las fracciones
9107.00.02 y 03. 15 A A
9107.00.02 Interruptores horarios de control
automático de deshielo, reconocibles como concebidos
exclusivamente para
refrigeradores domésticos o comerciales. 15
A
A
9107.00.03 Relojes de conmutación, reconocibles
como concebidos exclusivamente para
máquinas de lavar ropa. 15 A A
9107.00.99 Los demás. 15 A A
91.08 PEQUEÑOS MECANISMOS DE RELOJES, COMPLETOS
Y MONTADOS.
- De pilas o de acumulador:
9108.11 - - Con indicador mecánico solamente o
con
un dispositivo que permita incorporarlo.
9108.11.01 Con indicador mecánico solamente o con
un dispositivo que permita
incorporarlo. 10 C C
9108.12 - - Con indicador optoelectrónico solamente.
9108.12.01 Módulos compuestos por: carátula
indicadora
(display) o cristal líquido a base de tiempo controlado
a
cristal y circuito integrado, para relojes
electrónicos. 10 A A
9108.12.99 Los demás. 10 A A
9108.19 - - Los demás.
9108.19.99 Los demás. 10 B B
9108.20 - Automáticos.
9108.20.01 Automáticos. 10 A A
- Los demás:
9108.91 - - Que midan 33.8 mm. o menos.
9108.91.01 Que midan 33.8 mm. o menos. 10 A A
9108.99 - - Los demás.
9108.99.99 Los demás. 10 A A
91.09 MECANISMOS DE APARATOS DE RELOJERIA, COMPLETOS Y
MONTADOS, EXCEPTO LOS PEQUEÑOS MECANISMOS.
- De pilas, de acumulador o que funcionan por conexión
a la red eléctrica:
9109.11 - - De despertadores.
9109.11.01 De despertadores. 15 A A
9109.19 - - Los demás.
9109.19.01 Reconocibles como concebidos
exclusivamente para limnígrafos o
pluviógrafos. 10 A A
9109.19.99 Los demás. 10 A A
9109.90 - Los demás.
9109.90.01 Reconocibles como concebidos
exclusivamente para limnígrafos o
pluviógrafos. 10 A A
9109.90.99 Los demás. 10 A A
91.10 MECANISMOS DE APARATOS DE RELOJERIA COMPLETOS,
SIN MONTAR O PARCIALMENTE MONTADOS ("CHABLONS");
MECANISMOS DE APARATOS DE RELOJERIA INCOMPLETOS MONTADOS;
MECANISMOS DE APARATOS DE RELOJERIA "EN BLANCO"
("EBAUCHES").
- Pequeños mecanismos:
9110.11 - - Mecanismos completos, sin montar o
parcialmente montados ("chablons").
9110.11.01 Mecanismos completos, sin
montar o parcialmente montados
("chablons"). 10 A A
9110.12 - - Mecanismos incompletos, montados.
9110.12.01 Mecanismos incompletos, montados. 10 A
A
9110.19 - - Mecanismos "en blanco" ("ebauches").
9110.19.01 Mecanismos "en blanco" ("ebauches").
10
A A
9110.90 - Los demás.
9110.90.99 Los demás. 10 A A
91.11 CAJAS DE LOS RELOJES DE LAS PARTIDAS 91.01 O
91.02 Y SUS PARTES.
9111.10 - Cajas de metales preciosos o de chapados
de metales preciosos.
9111.10.01 Con perlas, piedras preciosas o
semipreciosas. 15 A A
9111.10.02 De metales preciosos, excepto lo
comprendido en la fracción 9111.10.01. 15 A
A
9111.10.03 De chapados de metales preciosos, excepto
lo comprendido en la fracción
9111.10.01. 15 A A
9111.20 - Cajas de metales comunes, incluso doradas
o plateadas.
9111.20.01 Cajas de metales comunes, incluso
doradas o plateadas. 10 A A
9111.80 - Las demás cajas.
9111.80.99 Las demás cajas. 10 A A
9111.90 - Partes.
9111.90.01 Pasadores de metales comunes. 10 A A
9111.90.02 Cercos, fondos y aros, de metales
comunes. 10 A A
9111.90.99 Los demás. 10 A A
91.12 CAJAS Y SIMILARES PARA APARATOS DE RELOJERIA Y
SUS PARTES.
9112.10 - Cajas y similares, de metal.
9112.10.01 Cajas y similares, de metal. 15 A A
9112.80 - Las demás cajas y similares.
9112.80.99 Las demás cajas y similares. 10 A
A
9112.90 - Partes.
9112.90.01 Partes. 15 A A
91.13 PULSERAS PARA RELOJES Y SUS PARTES.
9113.10 - De metales preciosos o de chapados de
metales preciosos.
9113.10.01 Pulseras. 20 A A
9113.10.02 Partes. 10 A A
9113.20 - De metales comunes, incluso doradas o plateadas.
9113.20.01 Pulseras. 15 A A
9113.20.02 Partes. 10 A A
9113.90 - Los demás.
9113.90.01 Pulseras. 15 A A
9113.90.02 Partes. 10 A A
91.14 LAS DEMAS PARTES DE RELOJERIA.
9114.10 - Muelles, incluidas las espirales.
9114.10.01 Muelles (cuerdas), enrolladas en cintas,
para relojes de control de
entrada, salida o maestro. 10 A A
9114.10.02 Espirales. 10 A A
9114.10.99 Los demás. 10 A A
9114.20 - Piedras.
9114.20.01 Piedras. 10 A A
9114.30 - Esferas o cuadrantes.
9114.30.01 Esferas o cuadrantes. 10 A A
9114.40 - Platinas y puentes.
9114.40.01 Platinas y puentes. 10 A A
9114.90 - Los demás.
9114.90.01 Dispositivo impresor para reloj
registrador de asistencia. 10 A A
9114.90.02 Mecanismos de cuerda reconocibles
como concebidos
exclusivamente para despertadores. 15 A A
9114.90.99 Los demás. 15 A A
92.01 PIANOS, INCLUSO AUTOMATICOS; CLAVICORNIOS Y
DEMAS INSTRUMENTOS DE CUERDA CON TECLADO.
9201.10 - Pianos verticales.
9201.10.01 Pianos verticales. 20 A A
9201.20 - Pianos de cola.
9201.20.01 Cuando la distancia entre la parte
exterior del teclado y el punto más distante de la
cola, medida perpendicularmente, sea inferior o
igual a 180 cm. 20 A A
9201.20.02 Cuando la distancia entre la parte
exterior del teclado y el punto más distante de la
cola, medida perpendicularmente, sea superior a
180 cm. 15 A A
9201.90 - Los demás.
9201.90.01 Pianos automáticos (pianolas). 15
A
A
9201.90.02 Espinetas. 20 A A
9201.90.99 Los demás. 20 A A
92.02 LOS DEMAS INSTRUMENTOS MUSICALES DE CUERDA (POR
EJEMPLO: GUITARRAS, VIOLINES O ARPAS).
9202.10 - De arco.
9202.10.01 Violines. 15 A A
9202.10.99 Los demás. 15 A A
9202.90 - Los demás.
9202.90.01 Mandolinas o banjos. 15 A A
9202.90.02 Guitarras. 20 B B
9202.90.99 Los demás. 15 A A
92.03 ORGANOS DE TUBOS Y TECLADO; ARMONIOS E
INSTRUMENTOS SIMILARES DE TECLADO Y LENGÜETAS METALICAS
LIBRES.
9203.00 Organos de tubo y teclado; armonios e
instrumentos similares de teclado y lengüetas metálicas
libres.
9203.00.01 Organos de tubo y teclado; armonios e
instrumentos similares
de teclado y lengüetas metálicas libres.
15 B
B
92.04 ACORDEONES E INSTRUMENTOS SIMILARES; ARMONICAS.
9204.10 - Acordeones e instrumentos similares.
9204.10.01 Melódicas, con teclado o botones. 15
A
A
9204.10.02 Acordeones. 15 A A
9204.10.99 Los demás. 15 A A
9204.20 - Armónicas.
9204.20.01 De viento, con lengüeta y teclado. 15 A
A
9204.20.99 Los demás. 15 A A
92.05 LOS DEMAS INSTRUMENTOS MUSICALES DE VIENTO (POR
EJEMPLO: CLARINETES, TROMPETAS, GAITAS).
9205.10 - Instrumentos llamados "metales".
9205.10.01 Bugles (bombardinos), barítonos,
tubas (bombardinos bajos),
trombones o cornetas de llaves. 15 A A
9205.10.99 Los demás. 15 A A
9205.90 - Los demás.
9205.90.01 Saxofones o clarinetes. 15 A A
9205.90.02 Flautas dulces sopranos para
principiantes. 15 B B
9205.90.99 Los demás. 15 A A
92.06 INSTRUMENTOS MUSICALES DE PERCUSION (POR
EJEMPLO: TAMBORES, CAJAS, XILOFONOS, PLATILLOS,
CASTAÑUELAS, MARACAS).
9206.00 Instrumentos musicales de percusión (por
ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos,
castañuelas, maracas).
9206.00.01 Baterías completas o platillos para
bandas de jazz. 15 A A
9206.00.99 Los demás. 15 A A
92.07 INSTRUMENTOS MUSICALES EN LOS QUE EL SONIDO
SE PRODUZCA O TENGA QUE AMPLIFICARSE ELECTRICAMENTE (POR
EJEMPLO: ORGANOS, GUITARRAS O ACORDEONES).
9207.10 - Instrumentos de teclado, excepto los acordeones.
9207.10.01 Organos, excepto los de "pedalier" con
más de 24 pedales. 20 A A
9207.10.02 Pianos, con 64 teclas o menos, sin marcos
o clavijeros ni cuerdas, con peso unitario inferior o
igual a 60
kilogramos. 20 A A
9207.10.03 Organos con "pedalier" de más
de 24
pedales. 15 A A
9207.10.99 Los demás. 20 A A
9207.90 - Los demás.
9207.90.01 Guitarras. 20 A A
9207.90.99 Los demás. 20 A A
92.08 CAJAS DE MUSICA, ORQUESTRIONES, ORGANILLOS,
PAJAROS CANTORES, SIERRAS MUSICALES Y DEMAS INSTRUMENTOS
MUSICALES NO COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPITULO;
RECLAMOS DE CUALQUIER CLASE; SILBATOS, CUERNOS Y DEMAS
INSTRUMENTOS DE BOCA, DE LLAMADA O DE SEÑALIZACION.
9208.10 - Cajas de música.
9208.10.01 Cajas de música. 20 A A
9208.90 - Los demás.
9208.90.99 Los demás. 20 A A
92.09 PARTES (POR EJEMPLO: MECANISMOS DE CAJAS DE
MUSICA) Y ACCESORIOS DE INSTRUMENTOS MUSICALES (POR EJEMPLO:
TARJETAS, DISCOS Y ROLLOS PARA APARATOS MECANICOS); DE
INSTRUMENTOS DE MUSICA METRONOMOS Y DIAPASONES DE CUALQUIER
TIPO.
9209.10 - Metrónomos y diapasones.
9209.10.01 Metrónomos y diapasones. 10 A A
9209.20 - Mecanismos de caja de música.
9209.20.01 Mecanismos de cajas de música. 10
A
A
9209.30 - Cuerdas Armónicas.
9209.30.01 Para armonios y pianos. 10 A A
9209.30.99 Los demás. 10 A A
- Los demás:
9209.91 - - Partes y accesorios de pianos.
9209.91.01 Gabinetes, muebles o las partes de ellos.
15 A A
9209.91.99 Los demás. 10 A A
9209.92 - - Partes y accesorios de los instrumentos
de música de la partida 92.02.
9209.92.01 Partes y accesorios de los
instrumentos de música de la partida 92.02. 10
A
A
9209.93 - - Partes y accesorios de los instrumentos
de música de la partida 92.03.
9209.93.01 Teclados para órganos. 10 A A
9209.93.02 Para armonios. 10 A A
9209.93.99 Los demás. 10 A A
9209.94 - - Partes y accesorios de los instrumentos
de música de la partida 92.07.
9209.94.01 Teclados para órganos, aun
cuando lleven incorporados circuitos
electrónicos. 10 A A
9209.94.02 Para armonios o pianos. 10 A A
9209.94.03 Gabinetes, muebles o partes de
ellos, para pianos. 15 A A
9209.94.99 Los demás. 10 A A
9209.99 - - Los demás.
9209.99.99 Los demás. 10 A A
93.01 ARMAS DE GUERRA, EXCEPTO LOS REVOLVERES, LAS
PISTOLAS Y LAS ARMAS BLANCAS.
9301.00 Armas de guerra, excepto los revólveres,
las pistolas y las armas blancas.
9301.00.01 Armas de guerra, excepto los
revólveres, las pistolas y las armas
blancas. 10 A A
93.02 REVOLVERES Y PISTOLAS, EXCEPTO LOS DE LAS
PARTIDAS 93.03 O 93.04.
9302.00 Revólveres y pistolas, excepto los de
las
partidas 93.03 o 93.04.
9302.00.01 Calibre 25. 20 A A
9302.00.99 Los demás. 20 A A
93.03 LAS DEMAS ARMAS DE FUEGO Y ARTEFACTOS SIMILARES
QUE UTILICEN LA DEFLAGRACION DE LA POLVORA (POR EJEMPLO:
ESCOPETAS Y RIFLES DE CAZA, ARMAS DE AVANCARGA, PISTOLAS
LANZACOHETES Y DEMAS ARTEFACTOS PROYECTADOS UNICAMENTE PARA
LANZAR COHETES DE SEÑALES, PISTOLAS Y REVOLVERES DE FOGUEO,
PISTOLAS DE MATARIFE, ACLAVIJA CAÑONES LANZACABOS) .
9303.10 - Armas de avancarga.
9303.10.01 Para lanzar capsulas con
sustancias asfixiantes, tóxicas o
repelentes. 10 A A
9303.10.99 Los demás. 20 A A
9303.20 - Las demás escopetas y rifles de caza o de
tiro deportivo que tengan, por lo menos, un cañón
de ánima
lisa.
9303.20.01 Las demás escopetas y rifles de caza o de
tiro deportivo que tengan, por lo menos, un cañón
de ánima lisa. 20 A A
9303.30 - Las demás escopetas y rifles de caza o de
tiro deportivos.
9303.30.01 Las demás escopetas y rifles de caza o de
tiro
deportivos. 20 A A
9303.90 - Los demás.
9303.90.01 Cañones industriales desincrustadores,
mediante cartuchos
especiales con proyectil blindado. 15 A A
9303.90.99 Los demás. 20 A A
93.04 LAS DEMAS ARMAS (POR EJEMPLO: FUSILES, RIFLES
Y PISTOLAS, DE MUELLE, DE AIRE COMPRIMIDO O DE GAS.
PORRAS), EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA 93.07.
9304.00 Las demás armas (por ejemplo: fusiles, rifles
y
pistolas, de muelle, de aire comprimido o de gas,
porras), excepto las de la partida 93.07.
9304.00.01 Las demás armas (por ejemplo: fusiles,
rifles y pistolas, de muelle, de aire comprimido o de gas,
porras),
excepto las de la partida 93.07. 20 A A
93.05 PARTES Y ACCESORIOS DE LOS ARTICULOS DE LAS
PARTIDAS 93.01 A 93.04.
9305.10 - De revólveres o de pistolas.
9305.10.01 De revólveres o de pistolas. 20 A
A
- De escopetas o de rifles de la partida 93.03:
9305.21 - - Cañones de ánima lisa.
9305.21.01 Cañones de ánima lisa. 20 A
A
9305.29 - - Los demás.
9305.29.01 Los demás. 20 A A
9305.90 - Los demás.
9305.90.01 Los demás. 20 A A
93.06 BOMBAS, GRANADAS, TORPEDOS, MINAS, MISILES,
CARTUCHOS Y DEMAS MUNICIONES Y PROYECTILES, Y SUS
PARTES, INCLUIDAS LAS POSTAS, PERDIGONES Y TACOS PARA
CARTUCHOS.
9306.10 - Cartuchos para herramientas de remachar y
similares o para pistolas de matarife, y sus partes.
9306.10.01 Cartuchos para herramientas de remachar y
similares o para pistolas
de matarife, y sus partes. 20 A A
9306.10.02 Partes. 10 A A
- Cartuchos para escopetas con cañón de anima
lisa y
sus partes; balines para escopetas o rifles de aire
comprimido:
9306.21 - - Cartuchos.
9306.21.01 Cartuchos cargados con gases
lacrimosos o tóxicos. 10 A A
9306.21.99 Los demás. 20 B B
9306.29 - - Los demás.
9306.29.01 Los demás. 20 A A
9306.30 - Los demás cartuchos y sus partes.
9306.30.01 Vacíos, calibre 8, reconocibles
como concebidos exclusivamente
para artefactos de uso industrial. 20 A A
9306.30.02 Calibre 45. 20 A A
9306.30.03 Partes. 10 A A
9306.30.99 Los demás. 20 A A
9306.90 - Los demás.
9306.90.01 Bombas o granadas con gases
lacrimosos o tóxicos. 10 A A
9306.90.02 Partes. 10 A A
9306.90.99 Los demás. 20 A A
93.07 SABLES, ESPADAS, BAYONETAS, LANZAS Y DEMAS
ARMAS BLANCAS, SUS PARTES Y FUNDAS.
9307.00 Sables, espadas, bayonetas, lanzas y demás armas
blancas, sus partes y fundas.
9307.00.01 Sables, espadas, bayonetas, lanzas y
demás armas blancas, sus partes y
fundas. 20 A A
94.01 ASIENTOS (CON EXCLUSION DE LOS DE LA PARTIDA
94.02), INCLUSO LOS TRANSFORMABLES EN CAMA, Y SUS PARTES.
9401.10 - Asientos del tipo de los utilizados en
aeronaves.
9401.10.01 Asientos del tipo de los utilizados
en aeronaves. 15 A A
9401.20 - Asientos del tipo de los utilizados
en vehículos automóviles.
9401.20.01 Asientos del tipo de los utilizados
en vehículos automóviles. 10 B B
9401.30 - Asientos giratorios de altura ajustable.
9401.30.01 Asientos giratorios de altura ajustable.
15 1/ C
9401.40 - Asientos transformables en cama, excepto
el material de acampar o de jardín.
9401.40.01 Asientos transformables en cama, excepto
el material de acampar o de
jardín. 15 C C
9401.50 - Asientos de roten, mimbre, bambú o
materias similares.
9401.50.01 Asientos de roten, mimbre, bambú o
materias similares. 15 B B
- Los demás asientos, con armazón de madera:
9401.61 - - Tapizados.
9401.61.01 Tapizados. 15 1/ C
9401.69 - - Los demás.
9401.69.99 Los demás. 15 B B
- Los demás asientos, con armazón de metal:
9401.71 - - Tapizados.
9401.71.01 Tapizados. 15 C C
9401.79 - - Los demás.
9401.79.99 Los demás. 15 A A
9401.80 - Los demás asientos.
9401.80.99 Los demás. 15 A A
9401.90 - Partes.
9401.90.01 Reconocibles como concebidas
exclusivamente para lo comprendido
en la fracción 9401.20.01 10 A A
9401.90.02 Reconocibles como concebidas
exclusivamente para tractores agrícolas e
industriales. 10 A A
9401.90.99 Los demás. 15 A A
94.02 MOBILIARIO PARA LA MEDICINA, LA CIRUGIA, LA
ODONTOLOGIA O PARA LA VETERINARIA (POR EJEMPLO: MESAS DE
OPERACIONES, MESAS DE RECONOCIMIENTO, CAMAS CON MECANISMO
PARA USOS CLINICOS, SILLONES DE DENTISTA); SILLONES PARA
PELUQUERIA Y SILLONES SIMILARES, CON DISPOSITIVOS DE
ORIENTACION Y DE ELEVACION; PARTES DE ESTOS ARTICULOS.
9402.10 - Sillones de dentista, de peluquería y
sillones similares, y sus partes.
9402.10.01 Sillones de dentista, de peluquería y
sillones similares. 20 A A
9402.10.02 Partes. 20 A A
9402.90 - Los demás.
9402.90.01 Mesas de operaciones. 15 A A
9402.90.02 Parihuelas o camillas. 15 A A
9402.90.03 Camas con mecanismo para usos
clínicos. 20 A A
9402.90.04 Partes. 20 A A
9402.90.99 Los demás. 20 A A
94.03 LOS DEMAS MUEBLES Y SUS PARTES.
9403.10 - Muebles de metal del tipo de los utilizados en
las oficinas.
9403.10.01 Archiveros de cajones,
accionados electrónicamente. 20 A A
9403.10.99 Los demás. 20 C C
9403.20 - Los demás muebles de metales comunes.
9403.20.01 Atriles. 20 A A
9403.20.02 Mesas reconocibles como concebidas
exclusivamente para dibujo o trazado
(restiradores), sin equipar. 20 A A
9403.20.03 Gabinetes de seguridad biológica y flujo
laminar con control y reciclado de aire, contenidos en un
solo cuerpo,
para uso en laboratorio. 15 A A
9403.20.99 Los demás. 20 C C
9403.30 - Muebles de madera del tipo de los utilizados
en las oficinas.
9403.30.01 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en las oficinas. 15 1/ C
9403.40 - Muebles de madera del tipo de los utilizados
en las cocinas.
9403.40.01 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en las cocinas. 15 B B
9403.50 - Muebles de madera del tipo de los utilizados
en los dormitorios.
9403.50.01 Muebles de madera del tipo de los
utilizados en los dormitorios. 15 1/ C
9403.60 - Los demás muebles de madera.
9403.60.01 Mesas, reconocibles como
concebidas exclusivamente para dibujo o trazado
(restiradores) sin
equipar. 20 A A
9403.60.02 Atriles. 20 A A
9403.60.99 Los demás. 15 1/ C
9403.70 - Muebles de plástico.
9403.70.01 Atriles. 20 A A
9403.70.99 Los demás. 20 A A
9403.80 - Muebles de otras materias, incluido el
roten, el mimbre, el bambú o de materias similares.
9403.80.01 Muebles de otras materias, incluido el
roten, el mimbre, el bambú o de
materias similares. 20 B B
9403.90 - Partes.
9403.90.01 Partes. 10 A A
94.04 SOMIERES; ARTICULOS DE CAMA Y ARTICULOS
SIMILARES (POR EJEMPLO: COLCHONES, CUBREPIES,
EDREDONES, COJINES, PUFES, ALMOHADAS), CON MUELLES O
BIEN RELLENOS O GUARNECIDOS INTERIORMENTE CON CUALQUIER
MATERIA, INCLUIDOS LOS DE CAUCHO O DE PLASTICO
CELULARES, RECUBIERTOS O NO.
9404.10 - Somieres.
9404.10.01 Somieres. 20 A A
- Colchones:
9404.21 - - De caucho o plástico celulares, recubiertos
o no.
9404.21.01 Colchones. 20 C C
9404.21.02 Colchonetas. 20 A A
9404.29 - - De otras materias.
9404.29.99 De otras materias. 20 C C
9404.30 - - Sacos (bolsas) de dormir.
9404.30.01 Sacos (bolsas) de dormir. 20 A A
9404.90 - Los demás.
9404.90.01 Almohadas, almohadones, cojines. 20 B6
C
9404.90.99 Los demás. 20 B6 C
94.05 APARATOS DE ALUMBRADO (INCLUIDOS LOS PROYECTORES)
Y SUS PARTES, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE;
ANUNCIOS LUMINOSOS, LETREROS LUMINOSOS Y PLACAS INDICADORAS
LUMINOSAS Y ARTICULOS SIMILARES TENGAN UNA FUENTE DE LUZ
INSEPARABLE, Y SUS PARTES NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN
OTRA PARTE.
9405.10 - Lámparas y demás aparatos eléctricos
de
alumbrado, para colgar o fijar al techo o a la pared,
con exclusión del tipo de los utilizados para el
alumbrado de espacios o vías publicas.
9405.10.01 Lámparas equipadas con baterías,
clavijas e interruptores. 20 C C
9405.10.02 Lámparas de pie y otros aparatos
para alumbrado. 20 B B
9405.10.03 Candiles. 20 C C
9405.10.04 De hierro o acero. 20 B B
9405.10.99 Los demás. 20 B B
9405.20 - Lámparas eléctricas de cabecera,
de mesa,
de oficina o de pie.
9405.20.01 Lámparas eléctricas de cabecera,
de mesa, de
oficina o de pie, excepto
lo comprendido en la fracción 9405.20.02 20
C
C
9405.20.02 Lámparas reconocibles como
concebidas exclusivamente para
equipos dentales sobre pedestal. 20 C C
9405.20.99 Las demás. 20 C C
9405.30 - Guirnaldas eléctricas del tipo de las utilizadas
en árboles de navidad.
9405.30.01 Guirnaldas eléctricas (conjunto de luces)
del tipo de los utilizados en
árboles de navidad. 20 B B
9405.40 - Los demás aparatos eléctricos de alumbrado.
9405.40.01 Los demás aparatos eléctricos de
alumbrado. 20 C C
9405.50 - Aparatos de alumbrado no eléctricos.
9405.50.01 Lámparas de hierro o acero, que funcionen
por combustibles líquidos o
gaseosos. 20 B B
9405.50.99 Los demás. 20 C C
9405.60 - Anuncios luminosos, letreros luminosos, placas
indicadoras luminosas y artículos similares.
9405.60.01 Anuncios luminosos, letreros luminosos,
placas indicadoras luminosas y
artículos similares. 20 C C
- Partes:
9405.91 - - De vidrio.
9405.91.01 Bombillas para lámparas o
linternas de combustible líquido o
gaseoso. 15 B B
9405.91.02 Bombillas de borosilicato, para lámparas
o linternas de combustible
líquido o gaseoso. 10 C C
9405.91.03 Elementos de vidrio para
alumbrado y señalización. 15 B B
9405.91.04 Piezas moldeadas semiterminadas (esbozos),
de vidrio sin contenido de plomo, en formas
poliédricas, reconocibles como concebidas
exclusivamente para la elaboración de
candiles y lámparas. 10 B B
9405.91.99 Los demás. 20 B B
9405.92 - - De plástico.
9405.92.01 De plástico. 15 C C
9405.99 - - Las demás.
9405.99.01 Partes o piezas sueltas. 20 C C
9405.99.99 Las demás 20 C C
94.06 CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS.
9406.00 Construcciones prefabricadas.
9406.00.01 Casas o construcciones completas,
armadas o sin armar. 15 A A
9406.00.02 Torres o esqueletos. 15 A A
9406.00.03 Estructuras desarmadas consistentes
en armaduras, columnas y sus placas de asiento, ménsulas,
planchas de unión, tensores, y tirantes, aun cuando
se
presenten con tuercas y demás
partes para la construcción. 15 A A
9406.00.99 Los demás. 15 A A
95.01 JUGUETES DE RUEDAS PROYECTADOS PARA SER MONTADOS
POR LOS NIÑOS (POR EJEMPLO: TRICICLOS, PATINETAS, COCHES
DE
PEDALES); COCHES Y SILLAS DE RUEDAS PARA MUÑECAS.
9501.00 Juguetes de ruedas proyectados para ser montados
por los niños (por ejemplo: triciclos, patinetas, coches
de
pedales); coches y sillas de ruedas para muñecas.
9501.00.01 Bicicletas. 20 C C
9501.00.02 Triciclos o cochecitos de pedal o palanca.
20 C C
9501.00.03 Partes o piezas sueltas. 10 C C
9501.00.99 Los demás. 20 C C
95.02 MUÑECAS QUE REPRESENTEN SOLAMENTE SERES HUMANOS.
9502.10 - MUÑECAS, incluso vestidas.
9502.10.01 MUÑECAS, incluso vestidas. 20 C
C
- Partes y accesorios:
9502.91 - - Prendas de vestir y sus complementos
(accesorios), calzado y tocados.
9502.91.01 Prendas de vestir y sus complementos
(accesorios), calzado y tocados. 20 C C
9502.99 - - Los demás.
9502.99.99 Los demás. 20 B B
95.03 LOS DEMAS JUGUETES; MODELOS REDUCIDOS (EN ESCALA)
Y MODELOS SIMILARES PARA ENTRETENIMIENTO, INCLUSO ANIMADOS;
ROMPECABEZAS DE CUALQUIER CLASE.
9503.10 - Trenes eléctricos, incluidos los
carriles (rieles), señales y demás accesorios.
9503.10.01 Trenes eléctricos, sus partes y
accesorios, excepto fuentes de poder. 20 A A
9503.10.99 Los demás. 20 A A
9503.20 - Modelos reducidos (en escala) para ensamblar,
incluso animados, excepto los de la subpartida 9503.10.
9503.20.01 Material terapéutico pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación
Especial de la Secretaría de
Educación Publica. 10 C C
9503.20.02 A escala, de madera de balsa. 20 C C
9503.20.03 Eléctricos de plástico. 20 C
C
9503.20.99 Los demás. 20 C C
9503.30 - Los demás juegos o surtidos y juguetes de
construcción, para ensamblar.
9503.30.01 Material terapéutico pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación Especial de la Secretaría
de
Educación Publica. 10 C C
9503.30.02 De carácter educativo, tales como: cajas
de
química, de electrónica,
imprenta y similares. 20 C C
9503.30.03 De artes y labores manuales. 20 C C
9503.30.99 Los demás. 20 C C
- Juguetes que representan animales o seres no
humanos:
9503.41 - - Rellenos.
9503.41.01 Rellenos. 20 C C
9503.49 - - Los demás.
9503.49.01 De papel o cartón. 20 B B
9503.49.02 De materias plásticas artificiales, no
automáticos. 20 C C
9503.49.03 De metal, no automáticos. 20 C
C
9503.49.04 Carritos perros, barredoras y cilindros no
automáticos, que emiten sonidos
al girar el eje que une las ruedas. 20 C C
9503.49.05 Material terapéutico pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación
Especial de la Secretaría de
Educación Publica. 10 C C
9503.49.99 Los demás. 20 C C
9503.50 - Instrumentos y aparatos de música, de juguete.
9503.50.01 Material terapéutico pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación Especial de la Secretaría
de
Educación Publica. 10 A A
9503.50.99 Los demás. 20 A A
9503.60 - Rompecabezas.
9503.60.01 De papel o cartón, excepto lo
comprendido en la fracción 9503.60.02. 20 A
A
9503.60.02 Material terapéutico pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación
Especial de la Secretaría de Educación Publica.
10
B B
9503.60.99 Los demás. 20 C C
9503.70 - Los demás juguetes presentados en juegos
o
surtidos
9503.70.01 De materias plásticas artificiales,
no automáticos. 20 C C
9503.70.02 De metal, no automáticos. 20 C
C
9503.70.03 De papel o cartón. 20 C C
9503.70.04 Material terapéutico, pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación
Especial de la Secretaría de
Educación Publica. 10 C C
9503.70.99 Los demás. 20 C C
9503.80 - Los demás juguetes y modelos, con motor.
9503.80.01 De cuerda metálica en espiral. 20
B
B
9503.80.02 Modelos reducidos, de plástico,
eléctricos. 20 B B
9503.80.03 Material terapéutico, pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación Especial de la Secretaría
de
Educación Publica. 10 B B
9503.80.99 Los demás. 20 B B
9503.90 - Los demás.
9503.90.01 Abacos. 20 C C
9503.90.02 Material terapéutico, pedagógico,
previa certificación por parte de la Dirección
General de Educación
Especial de la Secretaría de Educación
Publica. 10 B B
9503.90.03 Motores, excepto eléctricos reconocibles
como
concebidos exclusivamente para montarse en
juguetes o en modelos, reducidos. 10 B B
9503.90.04 Juguetes inflables. 20 C C
9503.90.05 De papel o cartón. 20 C C
9503.90.06 De materias plásticas artificiales,
no automáticos. 20 C C
9503.90.07 De carritos de metal, no automáticos.
20
C C
9503.90.08 Modelos reducidos para recreo de
plástico, eléctricos. 20 C C
9503.90.09 Casas de muñecas. 20 C C
9503.90.10 Figuras de peluche o de otras
materias textiles. 20 C C
9503.90.99 Los demás. 20 C C
95.04 ARTICULOS PARA JUEGOS DE SOCIEDAD, INCLUIDOS
LOS JUEGOS CON MOTOR O CON MECANISMO, LOS BILLARES, MESAS
ESPECIALES PARA JUEGOS DE CASINO Y LOS JUEGOS DE BOLOS
AUTOMATICOS.
9504.10 - Videojuegos del tipo de los utilizados con
un receptor de televisión.
9504.10.01 Videojuegos del tipo de los utilizados
con un receptor de televisión. 20 A A
9504.20 - Billares y sus accesorios.
9504.20.01 Tizas de billar. 20 B B
9504.20.02 Bolas. 20 B B
9504.20.99 Los demás. 20 B B
9504.30 - Los demás juegos activados con monedas o fichas,
con exclusión de los juegos de bolos automáticos.
9504.30.01 Con motor o mecanismos, incluso eléctricos
o electrónicos para lugares
públicos. 20 A A
9504.30.99 Los demás. 20 A A
9504.40 - Naipes.
9504.40.01 Naipes. 20 A A
9504.90 - Los demás.
9504.90.01 Bolas, excepto lo comprendido en
las fracciones 9504.90.02 y 03. 20 A A
9504.90.02 Pelotas de celuloide. 20 B B
9504.90.03 Bolas para boliche. 20 A A
9504.90.04 Aparatos automáticos para acomodar los bolos
o pinos y regresar las bolas a su
lugar de lanzamiento. 20 A A
9504.90.05 Bolos o pinos de madera. 20 A A
9504.90.06 Autopistas eléctricas. 20 A A
9504.90.07 Partes sueltas y accesorios reconocibles
como concebidas
exclusivamente para lo comprendido en
la fracción 9504.90.04. 20 A A
9504.90.08 Partes sueltas y accesorios reconocibles
como concebidas exclusivamente para lo
comprendido en la fracción 9504.90.06. 15 A
A
9504.90.09 Juegos de salón o familiares fabricados
de
cualquier material, sus
partes y componentes. 20 A A
9504.90.10 Partes y accesorios, reconocibles como
concebidos exclusivamente
para lo comprendido en la
fracción 9504.30.01. 15 A A
9504.90.99 Los demás. 15 A A
95.05 ARTICULOS PARA FIESTAS, CARNAVAL U
OTRAS DIVERSIONES, INCLUIDOS LOS DE MAGIA Y LOS ARTICULOS
SORPRESA.
9505.10 - Artículos para fiestas de navidad.
9505.10.02 Esferas para arboles de navidad. 20 B
B
9505.10.99 Los demás. 20 B B
9505.90 - Los demás.
9505.90.99 Los demás. 20 B B
95.06 ARTICULOS Y MATERIAL PARA CULTURA FISICA,
GIMNASIA, ATLETISMO, LOS DEMAS DEPORTES ( INCLUIDO EL TENIS
DE MESA) O LOS JUEGOS AL AIRE LIBRE, NO EXPRESADOS NI
COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPITULO, PISCINA,
INCLUSO INFANTILES.
- Esquís y demás artículos para la
practica del
esquí de nieve:
9506.11 - - Esquís.
9506.11.01 Esquís. 15 A A
9506.12 - - Sujetadores para Esquís.
9506.12.01 Sujetadores para Esquís. 15 A A
9506.19 - - Los demás.
9506.19.99 Los demás. 15 A A
- Esquís acuáticos, tablas, deslizadores
a vela y
demás artículos para la practica de deportes
náuticos:
9506.21 - - Deslizadores a vela.
9506.21.01 Con peso inferior o igual a 50 kilogramos.
20 A A
9506.21.99 Los demás. 20 A A
9506.29 - - Los demás.
9506.29.01 Tablas, con peso inferior o igual a 50
kilogramos. 15 A A
9506.29.99 Los demás. 20 A A
- Palos y demás artículos para el golf:
9506.31 - - Equipos completos de palos.
9506.31.01 Equipos completos de palos. 20 A A
9506.32 - - Pelotas.
9506.32.01 Pelotas. 15 A A
9506.39 - - Los demás.
9506.39.01 Palos individuales de golf. 15 A A
9506.39.99 Los demás. 20 A A
9506.40 - Artículos y material para tenis de mesa.
9506.40.01 Raquetas. 20 B B
9506.40.99 Los demás. 20 B B
- Raquetas de tenis, de bádminton o similares, incluso
sin cordaje:
9506.51 - - Raquetas de tenis, incluso sin cordaje.
9506.51.01 Raquetas. 20 B B
9506.51.02 Esbozos. 15 B B
9506.59 - - Las demás.
9506.59.01 Para bádminton con peso unitario
inferior o igual a 160 gr. 15 B B
9506.59.02 Esbozos. 15 B B
9506.59.99 Los demás. 15 B B
- Balones y pelotas, excepto las de golf o las de
tenis de mesa:
9506.61 - - Pelotas de tenis.
9506.61.01 Pelotas de tenis. 15 B B
9506.62 - - Inflables.
9506.62.01 Inflables. 15 A A
9506.69 - - Los demás.
9506.69.01 Pelotas, concebidas exclusivamente para
hockey sobre pasto. 15 A A
9506.69.99 Los demás. 15 A A
9506.70 - Patines para hielo y patines de ruedas, incluido
el calzado con patines fijos.
9506.70.01 Patines para hielo y patines de ruedas,
incluido el calzado con patines fijos. 20 A A
- Los demás:
9506.91 - - Artículos y material para cultura física,
gimnasia o atletismo.
9506.91.01 Artículos y material para gimnasia.
15
A A
9506.91.02 Artículos y material para atletismo.
15
A A
9506.99 - - Los demás.
9506.99.01 Espinilleras y tobilleras. 15 B B
9506.99.02 Bates. 15 A A
9506.99.03 Redes para deportes de campo. 15 B B
9506.99.04 Caretas. 15 B B
9506.99.05 Artículos para el tiro de arco, así
como
sus partes o accesorios reconocibles como
destinados
exclusiva o principalmente a dichos Artículos.
15
B B
9506.99.06 Piolets, para alpinismo. 15 A A
9506.99.07 "Spikes", para alpinismo. 15 A
A
9506.99.08 Trampolines. 15 B B
9506.99.09 Gallos para bádminton. 15 A A
9506.99.10 Jabalinas. 10 A A
9506.99.11 "Tatamis" para el deporte de judo. 15
A
A
9506.99.12 Bastones, concebidos exclusivamente
para hockey sobre pasto. 15 A A
9506.99.99 Los demás. 15 A A
95.07 CAÑAS DE PESCAR, ANZUELOS Y DEMAS ARTICULOS
PARA
LA PESCA CON CAÑA; SALABARDOS, REDES CAZAMARIPOSAS Y REDES
SIMILARES PARA CUALQUIER USO; SEÑUELOS (EXCEPTO LOS DE
PARTIDAS 92.08 o 97.05 Y ARTICULOS DE CAZA SIMILARES.
9507.10 - Caña de pescar.
9507.10.01 De plástico. 15 A A
9507.10.99 Los demás. 15 A A
9507.20 - Anzuelos, incluso con brazolada.
9507.20.01 Anzuelos, incluso con brazolada. 15 A
A
9507.30 - Carretes de pesca.
9507.30.01 Carretes de pesca. 15 A A
9507.90 - Los demás.
9507.90.01 Cebos o señuelos, artificiales. 15
A
A
9507.90.02 Destorcedores. 15 A A
9507.90.99 Los demás. 15 A A
95.08 TIOVIVOS, COLUMPIOS, CASETAS DE TIRO Y
DEMAS ATRACCIONES DE FERIA; CIRCOS, ZOOLOGICOS Y TEATROS
AMBULANTES.
9508.00 Tiovivos, columpios, casetas de tiro y demás
atracciones de feria; circos, zoológicos y teatros
ambulantes.
9508.00.01 Autos de choque u otro tipo de
automóviles, para feria, incluso cuando
se presenten con sus autódromos. 20 A A
9508.00.02 Aparatos mecánicos o electromecánicos,
para ferias, excepto lo comprendido en la fracción
9508.00.01. 20 A A
9508.00.99 Los demás. 20 A A
96.01 MARFIL, HUESO, CONCHA (CAPARAZON) DE TORTUGA,
CUERNO, ASTAS, CORAL, NACAR Y DEMAS MATERIAS ANIMALES PARA
TALLAR, TRABAJADAS, Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS
(INCLUSO LAS OBTENIDAS POR MOLDEO).
9601.10 - Marfil trabajado y manufacturas de marfil.
9601.10.01 Marfil trabajado y manufacturas de marfil.
20 A A
9601.90 - Los demás.
9601.90.01 Los demás marfiles trabajados y
manufacturas de marfil. 20 A A
9601.90.99 Los demás. 20 A A
96.02 MATERIAS VEGETALES O MINERALES PARA TALLAR,
TRABAJADAS, Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS;
MANUFACTURAS MOLDEADAS O TALLADAS DE CERA, DE PARA UN LUGAR
DE PARAFINA, DE ESTEARINA DE GOMA O RESINA NATURAL DE PASTA
PARA MODELAR Y DEMAS MANUFACTURAS MOLDEADAS O TALLADAS NO
EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE; GELATINA SIN
ENDURECER TRABAJADA, EXCEPTO LA DE LA PARTIDA 35.03, Y
MANUFACTURAS DE GELATINA SIN ENDURECER.
9602.00 Materias vegetales o minerales para tallar,
trabajadas, y manufacturas de estas materias; manufacturas
moldeadas o talladas de cera, de parafina, de estearina,
de gomas o resinas naturales, de pasta para modelar y
demás manufacturas moldeadas o talladas no expresadas
ni
comprendidas en otra parte; gelatina sin endurecer
trabajada, excepto la de la partida 35.03, y manufacturas
de gelatina sin endurecer.
9602.00.01 Cápsulas de gelatina. 15 B B
9602.00.02 Materias vegetales para tallar,
trabajadas, manufacturas de estas
materias. 20 B B
9602.00.03 Espuma de mar y ámbar (succino), naturales
o reconstituidos, azabache y materias minerales similares
al azabache, para tallar, trabajadas, y
manufacturas de estas materias. 20 B B
9602.00.99 Los demás. 20 B B
96.03 ESCOBAS, CEPILLOS Y BROCHAS, AUNQUE SEAN PARTES
DE MAQUINAS, APARATOS O VEHICULOS, ESCOBAS MECANICAS DE USO
MANUAL, EXCEPTO LAS DE MOTOR, PINCELES Y PLUMEROS; CABEZAS
PREPARADAS PARA ARTICULOS DE CEPILLERIA; MUÑEQUILLAS Y
RODILLOS PARA PINTAR RASQUETAS DE CAUCHO O DE MATERIAS
FLEXIBLES ANALOGAS.
9603.10 - Escobas y escobillas de ramitas u otras
materias vegetales atadas en haces, incluso con mango.
9603.10.01 Escobas y escobillas de ramitas u otras
materias vegetales atadas en
haces, incluso con mango. 20 A A
- Cepillos para dientes, brochas de afeitar, cepillos
para el cabello, las pestañas, de uñas y demás
cepillos para
el aseo de las personas, incluidos los que sean partes de
aparatos:
9603.21 - - Cepillos para dientes, incluidos los cepillos
para dentaduras postizas.
9603.21.01 Cepillos para dientes, incluidos los
cepillos para dentaduras postizas. 20 A A
9603.29 - - Los demás.
9603.29.01 Cepillos con mango. 20 A A
9603.29.99 Los demás. 20 A A
9603.30 - Pinceles y brochas para la pintura
artística, pinceles para escribir y pinceles similares
para la aplicación de cosméticos.
9603.30.01 Pinceles de pelos suaves. 20 A A
9603.30.99 Los demás. 20 A A
9603.40 - Brochas y pinceles para pintar, enlucir,
barnizar o similares (excepto los pinceles de la subpartida
9603.30); muñequillas y rodillos para pintar.
9603.40.01 Rodillos para pintar. 20 A A
9603.40.99 Los demás. 20 A A
9603.50 - Los demás cepillos que constituyan partes
de máquinas, de aparatos o de vehículos.
9603.50.01 Los demás cepillos que constituyan partes
de máquinas, de aparatos o de
vehículos. 15 A A
9603.90 - Los demás.
9603.90.01 Plumeros. 20 A A
9603.90.02 Escobillones. 20 A A
9603.90.03 Cabezas preparadas para artículos
de cepillería. 20 A A
9603.90.99 Los demás. 20 A A
96.04 TAMICES, CEDAZOS Y CRIBAS DE MANO.
9604.00 Tamices, cedazos y cribas de mano.
9604.00.01 Tamices, cedazos y cribas de mano. 15 B
B
96.05 JUEGOS O SURTIDOS DE VIAJE PARA EL ASEO PERSONAL,
LA COSTURA O LA LIMPIEZA DEL CALZADO O DE LAS PRENDAS DE
VESTIR.
9605.00 Juegos o surtidos de viaje para el aseo
personal, la costura o la limpieza del calzado o de las
prendas de vestir.
9605.00.01 Juegos o surtidos de viaje para el aseo
personal, la costura o la limpieza del
calzado o de las prendas de vestir. 20 A A
96.06 BOTONES, BOTONES DE PRESION, FORMAS PARA BOTONES Y
SUS PARTES; ESBOZOS DE BOTONES.
9606.10 - Botones de presión y sus partes.
9606.10.01 Botones de presión. 20 C C
9606.10.02 Partes. 20 C C
- Botones:
9606.21 - - De plástico, sin forrar con materias textiles.
9606.21.01 De plástico, sin forrar con materias
textiles. 20 B B
9606.22 - - De metales comunes, sin forrar con
materias textiles.
9606.22.01 De metales comunes, sin forrar con
materias textiles. 20 C C
9606.29 - - Los demás.
9606.29.01 De corozo. 20 B B
9606.29.02 De cuero. 20 B B
9606.29.99 Los demás. 20 C C
9606.30 - Formas para botones y demás partes de
botones; esbozos de botones.
9606.30.01 Formas para botones y demás partes de
botones; esbozos de botones. 20 C C
96.07 CIERRES DE CREMALLERA Y SUS PARTES.
- Cierres de cremallera:
9607.11 - - Con dientes de metal común.
9607.11.01 Con dientes de metal común. 20 C
C
9607.19 - - Los demás.
9607.19.99 Los demás. 20 C C
9607.20 - Partes.
9607.20.01 Partes. 20 C C
96.08 BOLIGRAFOS; ROTULADORES Y MARCADORES CON PUNTA
DE FIELTRO O CON OTRAS PUNTAS POROSAS; ESTILOGRAFICAS Y
DEMAS PLUMAS; ESTILETES O PUNZONES PARA CLISES;
PORTAMINAS; PORTAPLUMAS, PORTALAPICES Y ARTICULOS
SIMILARES; PARTES DE ESTOS ARTICULOS (INCLUIDOS LOS
CAPUCHONES Y LOS SUJETADORES), CON EXCLUSION DE LAS DE LA
PARTIDA 96.09.
9608.10 - Bolígrafos.
9608.10.01 De oro o platino, total o parcialmente. 20
B B
9608.10.02 De metales comunes. 20 B B
9608.10.03 De plata, total o parcialmente. 20 B
B
9608.10.04 De materias plásticas, incluso con
partes de metal común. 20 B B
9608.10.99 Los demás. 20 B B
9608.20 - Rotuladores y marcadores con punta de fieltro
o con otras puntas porosas.
9608.20.01 Rotuladores y marcadores con punta
de fieltro o con otras puntas porosas. 20 C C
- Estilográficas y demás plumas:
9608.31 - - Para dibujar con tinta china.
9608.31.01 Con plumillas tubulares dotadas de
aguja y contrapeso. 20 B B
9608.31.99 Los demás. 20 B B
9608.39 - - Las demás.
9608.39.01 De oro o platino, total o parcialmente. 20
B B
9608.39.02 De metales comunes. 20 C C
9608.39.03 De plata, total o parcialmente. 20 B
B
9608.39.99 Los demás. 20 B B
9608.40 - Portaminas.
9608.40.01 De oro o platino, total o parcialmente. 20
B B
9608.40.02 De metales comunes. 20 C C
9608.40.03 De plata, total o parcialmente. 20 B
B
9608.40.04 Lapiceros o portaminas sin cuerpo ni
sujetador o clip, y con tapón, punta
metálica o cono y con o sin portagomas. 15 B
B
9608.40.99 Los demás. 20 B B
9608.50 - Juegos o surtidos de artículos pertenecientes,
por lo menos, a dos de las subpartidas anteriores.
9608.50.01 De oro o platino, total o parcialmente. 20
B B
9608.50.02 De metales comunes. 20 B B
9608.50.03 De plata, total o parcialmente. 20 B
B
9608.50.99 Los demás. 20 B B
9608.60 - Recambios (repuestos) para Bolígrafos,
con
su punta.
9608.60.01 Recambios (repuestos) para Bolígrafos,
con su punta. 15 B B
- Los demás:
9608.91 - - Plumillas y puntos para plumillas.
9608.91.01 Plumillas de metales preciosos, total
o parcialmente. 20 B B
9608.91.02 Plumillas doradas o plateadas. 20 B
B
9608.91.03 Plumillas, excepto lo comprendido
en las fracciones 9608.91.01 y 02. 20 B B
9608.91.99 Los demás. 20 B B
9608.99 - - Los demás.
9608.99.01 Barriles o cañones de metal común.
10 B
B
9608.99.02 Depósitos de caucho. 10 A A
9608.99.03 Mecanismos, armados o sin armar. 10 A
A
9608.99.04 Sujetadores de metal común. 10 A
A
9608.99.05 Tapas de metal común. 10 B B
9608.99.06 Alimentadoras. 10 A A
9608.99.07 De oro o platino, total o
parcialmente, excepto partes. 20 B B
9608.99.08 Tubos, suajados de metal común. 10
B
B
9608.99.09 Puntas, reconocibles para usos en
plumones o marcadores. 15 B B
9608.99.10 Barras o contenedores; de materias
textiles aun cuando tengan ranuras o forro,
reconocibles como
concebidas exclusivamente para marcadores. 15 B
B
9608.99.11 Partes de metal común, chapeadas
de oro. 15 B B
9608.99.12 Partes de metal común, chapeadas de
plata. 20 B B
9608.99.13 De plata, total o parcialmente,
excepto partes. 20 B B
9608.99.14 De metal, excepto partes. 20 B B
9608.99.15 Partes de oro. 20 B B
9608.99.16 Partes de plata. 20 B B
9608.99.99 Los demás. 20 B B
96.09 LAPICES, MINAS, PASTELES, CARBONCILLOS, TIZAS
PARA ESCRIBIR O DIBUJAR Y JABONCILLOS (TIZAS) DE SASTRE.
9609.10 - Lápices.
9609.10.01 Lápices. 20 C C
9609.20 - Minas para Lápices o para portaminas.
9609.20.01 Minas para Lápices o para portaminas, excepto
lo comprendido en la fracción
9009.20.02 20 B B
9609.20.02 Puntillas (minas), cuyo diámetro no
exceda de 7 diezmilímetros. 15 B B
9609.20.99 Los demás. 20 C C
9609.90 - Los demás.
9609.90.01 Pizarrines. 20 B B
9609.90.02 Pasteles. 15 B B
9609.90.99 Los demás. 20 B B
96.10 PIZARRAS Y TABLEROS PARA ESCRIBIR O DIBUJAR,
INCLUSO ENMARCADOS.
9610.00 Pizarras y tableros para escribir o dibujar,
incluso enmarcados.
9610.00.01 Pizarras y tableros para escribir o
dibujar, incluso enmarcados. 20 B B
96.11 FECHADORES, SELLOS, NUMERADORES, TIMBRADORES
Y ARTICULOS SIMILARES (INCLUIDOS LOS APARATOS PARA
IMPRIMIR ETIQUETAS), MANUALES; COMPONEDORES E
IMPRENTILLAS CON COMPONEDORES, MANUALES.
9611.00 Fechadores, sellos, numeradores, timbradores y
artículos similares (incluidos los aparatos para imprimir
etiquetas), manuales; componedores o imprentillas con
componedores, manuales.
9611.00.01 Foliadores. 20 B B
9611.00.02 Selladores. 20 B B
9611.00.03 Rotuladores para grabar, en relieve
sobre cintas de cloruro de polivinilo. 20 B B
9611.00.04 Etiquetadores. 20 B B
9611.00.05 Partes. 10 B B
9611.00.99 Los demás. 20 B B
96.12 CINTAS PARA MAQUINAS DE ESCRIBIR Y CINTAS
SIMILARES, ENTINTADAS O PREPARADAS DE OTRO MODO PARA
IMPRIMIR, INCLUSO EN CARRETES O EN CARTUCHOS; TAMPONES,
INCLUSO IMPREGNADOS O CON CAJA.
9612.10 - Cintas.
9612.10.01 Cintas de algodón. 15 B6 C
9612.10.02 Cintas de polietileno, en carretes,
cartuchos o casetes. 15 B6 C
9612.10.03 Cintas de nailon en cualquier
presentación. 15 B6 C
9612.10.04 Películas de polietileno recubiertas de
tinta magnetizable. 15 B6 C
9612.10.05 Películas de polietileno carbonizadas
en
rollos superiores a 450 milímetros de
ancho. 10 B6 C
9612.10.99 Los demás. 15 B6 C
9612.20 - Tampones.
9612.20.01 Tampones. 20 C C
96.13 ENCENDEDORES Y MECHEROS, INCLUSO MECANICOS
O ELECTRICOS Y SUS PARTES, EXCEPTO LAS PIEDRAS Y LAS
MECHAS.
9613.10 - Encendedores de bolsillo, de gas, no
recargables.
9613.10.01 Encendedores de bolsillo, de gas, no
recargables. 20 B B
9613.20 - Encendedores de bolsillo, de gas, recargables.